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El Senado avaló un proyecto que propone incentivos a la construcción de vivienda social

La propuesta fue desarrollada por el diputado Jorge López. Con esta normativa se busca ampliar el espectro de quienes se abocan a la construcción de estas casas. Vuelve a Diputados, ya que fue modificado por la Cámara Alta.

Redacción
10/05/2022 20:17
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La Cámara de Senadores dio sanción a una iniciativa del diputado Jorge López  por la que se propone “establecer un régimen de incentivos a la construcción de vivienda social en la Provincia de Mendoza”, habida cuenta que “nuestra provincia cuenta con beneficios establecidos para la construcción de vivienda social”, pero “en todas aquellas operativas vinculadas a programas desarrollados exclusivamente por el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV)”.

Con esta normativa se busca ampliar el espectro de quienes se abocan a la construcción de estas casas. La propuesta fue aprobada por 37 votos, pero al ser modificada, vuelve a la Cámara de Diputados en segunda revisión.

Durante su tratamiento en el recinto, la senadora Mercedes Rus se refirió a la propuesta en tratamiento. "La vivienda social es de contención, es única y exclusiva. En la provincia y en el país existe un déficit habitacional. Tiene como beneficiarios últimos aquellos que no han podido acceder a una solución habitacional de carácter permanente", dijo.

La legisladora enfatizó que esto ha sido expresamente por el gobernador que solicitó que se tratara de manera «urgente». «Tenemos experiencias exitosas en las provincias como el caso del municipio de Junín. Beneficia la creación de trabajos para pequeñas y medianas empresas», explicó.

Luego, desde el PRO, el senador Rolando Baldasso relató que es una iniciativa positiva la desarrolladora por el diputado López. «Esta norma promueve una facilidad en la construcción. Vamos a apoyar la norma», indicó.

Posteriormente, el jefe de bloque del Frente de Todos, Lucas Ilardo resaltó las características de este proyecto. «Que haya consensos para garantizar el acceso a la vivienda es positivo. Entendemos que esta gestión a nivel provincial es deficitaria en términos de vivienda», explicó.

El último legislador que se refirió al proyecto, fue el propio presidente del bloque del oficialismo, Martín Kerchner Tomba, quien comentó la política desarrollada por este Gobierno Provincial. Además destacó las gestiones realizadas tanto por el IPV, Mendoza Construye y Mendoza Activa.

Alcances de la propuesta 

Se entiende por vivienda social, “lo dispuesto en el artículo 2° de la ley 7.706 incluyendo, además de las construidas por el Instituto Provincial de la Vivienda (con propiedad o garantía a su favor), las construidas ya construir como parte de operaciones financiadas por el Estado Nacional, Provincial y Municipal, realizadas con el fin de contención social en carácter de vivienda única y de uso exclusivo del grupo familiar adjudicado”.

Además modifica la referencia N°7 de la planilla analítica anexa al artículo 3° de la ley N°9.355, la que quedará redactada de la siguiente manera: “Cuando se trate de la construcción de viviendas sociales – (única, familiar y de uso exclusivo) sobre inmuebles propios y/o de terceros, financiadas a través de operatorias y programas implementados por el Estado Nacional, Provincial, Municipal y por el Instituto Provincial de la Vivienda, gozarán de Tasa Cero siempre que se cumpla lo previsto en el artículo 189º punto 22) del Código Fiscal.”

Como los beneficios se relacionan “con la exención en todo lo relativo a impuestos a los Sellos e Ingresos Brutos para las distintas operaciones llevadas adelante por el IPV”, se quiere hacer extensivo a otras operaciones que pueden llevarse adelante desde el gobierno provincial por fuera del IPV y/o con otras empresas.

En términos puntuales, la propuesta presentada por Jorge López propone la modificación del artículo 2° de la ley 7.706, sobre el que se resolverá que quedará redactado de la siguiente manera: “Se declaran viviendas sociales, las construidas ya construir como parte de operaciones financiadas por el Estado Nacional, Provincial, Municipal y por el Instituto Provincial de la Vivienda (con propiedad o garantía a su favor), realizados con el fin de contención social en carácter de vivienda única y de uso exclusivo del grupo familiar adjudicado”. Aquí el agregado se refiere a que no sean las construidas ya construir solamente por el IPV.

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