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Establecieron los nuevos valores para la tarifa eléctrica

La Secretaría de Energía de la Nación confirmó los nuevos precios trimestrales de verano. Se refieren a los correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 30 de abril de 2024, a través de la Resolución 7/2024

Redacción
09/02/2024 08:41
La Secretaría de Energía de la Nación estableció los nuevos precios trimestrales de verano,
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La variación promedio es del orden del 159%. Rige a partir de los consumos del 1 de febrero. La medida surge por los nuevos precios estacionales dispuestos por la Secretaría de Energía de la Nación y por la actualización trimestral del Valor Agregado de Distribución.

La Secretaría de Energía de la Nación estableció los nuevos precios trimestrales de verano, correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 30 de abril de 2024, a través de la Resolución 7/2024, publicada en el Boletín Oficial de la Nación el pasado 5 de febrero. Esta medida, que impacta en el componente de la tarifa “Costo de Abastecimiento” de jurisdicción nacional, estableció un impacto para los usuarios residenciales categorizados en Nivel 1 (mayores ingresos) del orden del 100%. Mientras que para los usuarios de Nivel 2 (ingresos bajos) y de Nivel 3 (ingresos medios), tendrán una variación menor, dado que el precio de la energía para estos segmentos se mantiene igual hasta tanto se establezca el nuevo sistema de subsidios. Recordamos que en el caso de los usuarios de Nivel 3 mantienen el subsidio hasta el tope de 400 kWh mes (800 KWh bimestrales), a los consumos excedentes se les aplica el precio de la energía sin subsidio (Nivel 1).

Además, dicha Resolución Nacional estableció la quita del subsidio para el resto de los usuarios NO residenciales, dado que el costo de la energía aumentó en el orden del 120% y el costo de la potencia en un 3200%.
Por otro lado, se actualiza el Valor Agregado de Distribución – VAD - el otro componente de la tarifa de energía eléctrica, de jurisdicción provincial, de acuerdo con el Decreto 2348/2023. Recordamos que esta adecuación del VAD, surge de las variaciones económicas de las estructuras de costos de las distribuidoras y tiene como objeto, acompañar los precios de los costos de la economía, los que varían como consecuencia de la inflación. Asimismo, estas revisiones van en concordancia con las actualizaciones trimestrales de los precios que efectúa la Secretaría de Energía de la Nación.

En este marco, el impacto promedio en Tarifa a Usuario Final (costo de abastecimiento + VAD) con impuestos es del orden del 159% a partir de los consumos registrados desde el 1 de febrero, de acuerdo con el consumo del usuario y su categoría tarifaria. El Impacto promedio para los Usuarios Residenciales es:


•    Residenciales T1R1(hasta 299kWh bimestrales) Nivel1: $9.100 mensuales en promedio.
•    Residenciales T1 R1 (hasta 299kWh bimestrales) Nivel 2 y Nivel 3: $4.500 mensuales en promedio.
•    Residenciales T1R2 (desde 300 a 599kWh bimestrales) Nivel 1: $21.000 mensuales en promedio.
•    Residenciales T1R2 (desde 300 a 599kWh bimestrales) Nivel 2 y Nivel 3: $10.000 mensuales en promedio.
•    Residenciales T1R3 (mayores a 600kWh bimestrales) Nivel 1: $53.000 mensuales en promedio.
•    Residenciales T1R3 (mayores a 600kWh bimestrales) Nivel 2 y Nivel 3 (hasta 400 kWh mes): del orden de $ 25.000 mensuales.

Sigue abierto el Registro de Acceso a los Subsidios de Energía
Los interesados deberán ingresar al siguiente sitio Web: www.argentina.gob.ar/subsidios y completar el formulario. Es importante que antes de empezar el trámite el usuario tenga a mano la siguiente documentación:

1.    Número de medidor y el número de Cliente/Servicio/Cuenta/Contrato o NIS que están en tu factura de energía eléctrica y gas natural por red. 
2.    DNI (Último ejemplar).
3.    CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
4.    Ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
5.    Dirección de correo electrónico.
6.    Si en el domicilio de los servicios funciona un comedor o merendero comunitario registrado en el ReNaCOM, tener a mano el número de registro.

Recordamos que la segmentación está organizada en tres niveles:

Segmento de ingresos altos (N1): Hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:
•    Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $1.735.294,11 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC). 
•    Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
•    Tener 3 o más inmuebles.
•    Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

Segmento de ingresos medios (N3): Hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:

•    Ingresos mensuales totales entre $495.798,32 y $1.735.294,11 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $743.697,48 y $1.735.294,11 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
•    Poseer hasta 2 inmuebles.
•    Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.
 
Segmento de menores ingresos (N2): Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen las siguientes condiciones:

•    Ingresos netos menores a $495.798,32 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $743.697,48 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
•    Poseer hasta 1 inmueble.
•    No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.

Son incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:

•    Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.
•    Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
•    Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD). Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $743.697,48 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
•    Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM. Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $495.798,32 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

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