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El Estado deberá indemnizar a una mujer policía por considerar su embarazo como una “enfermedad”

A la mujer  tendrán que pagarle y no contabilizarle sus licencias por haber recibido un trato discriminatorio respecto del personal masculino

Redacción
30/11/2021 09:40
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El Estado tendrá que pagar por otro caso de violencia de género al considerar como una “enfermedad” el embarazo de una mujer policía. Precisamente, la licencia por maternidad de la efectivo fueron contabilizados bajo este régimen de la Policía de Mendoza.

La mujer será  indemnización con más de 250 mil pesos, según ordenó el Segundo Tribunal de Gestión Asociada. Además, el Ministerio de Seguridad de la provincia no contabilizará los días de licencia en los que la mujer atravesaba un embarazo de riesgo.

La mujer demandó al Estado y el fallo salió a su favor. Es que Mariana Jesica Pecchione, quien ingresó a la fuerza policial en 2004, tuvo problemas por “amenaza de aborto” a partir de su tercer embarazo, y lo mismo ocurrió con el cuarto y el quinto, que fue en 2013, por lo que tuvo que aguardar reposo por prescripción médica.

Como en los últimos tres tuvo complicaciones, la mujer ocupó todos los días de licencia que establece el artículo 218, inciso 2 de la Ley 6.722. Pecchione sobrepasó el límite de días “por enfermedad o lesión no causadas por actos de servicio, hasta dos (2) años en toda su carrera policial”.

Teniendo en cuenta que la mujer alcanzó los 731 días de licencia, perdió sus días de “vacaciones” por el resto de los años en los que preste servicio.

La demanda de la mujer hacia el Estado fue por “violencia de género” ya que consideraron que la situación es “discriminatoria respecto del personal masculino, generándome depresión y angustia”.

Fue el juez, Carlos Dalla Mora, quien afirmó que “la forma de computar las licencias por embarazo, categorizándolas como enfermedad por razones fuera de servicio, evidencian un trato asimétrico respecto de las agentes policiales femeninas, que denotan discriminación”.

Por lo que ordenó que el Ministerio de Seguridad “se abstenga de computar las licencias de la actora por razón del estado de gravidez o amenaza de aborto o parto prematuro, como enfermedad fuera de servicio”. Así como también se le abone una indemnización.

 

 

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