El fiscal Sandro Abraldes, a cargo de la Fiscalía N° 29 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, consideró que corresponde ordenar la "inhabilitación provisoria" para el ejercicio de la medicina y el "comercio en el ámbito estético y cosmético" del cirujano Aníbal Lotocki, acusado de provocar "lesiones graves" a cuatro pacientes, entre ellas la modelo Silvina Luna que permanece internada desde el 13 de junio pasado.
Según informaron fuentes judiciales, el dictamen del fiscal fue presentado ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, que la semana pasada había requerido la opinión de las partes al respecto de la inhabilitación de Lotocki.
El médico cirujano fue condenado en febrero de 2022 por el Tribunal Oral y Correccional 28 de la Ciudad de Buenos Aires a cuatro años de prisión y cinco de inhabilitación para ejercer la medicina por las "lesiones graves" que les provocó a sus pacientes Silvina Luna, Gabriela Trenchi, Stefanía Xipolitakis y Pamela Sosa.
En esa causa, se determinó que Lotocki causó lesiones en el cuerpo de las cuatro mujeres con el uso de un relleno que contenía microesferas de polimetil metacrilato (PMMA), en lugares del cuerpo en los que está prohibido su uso y en cantidades superiores a las sugeridas por la comunidad científica.
Al momento de dictar la sentencia, en febrero de 2022, el juez Carlos Rengel Mirat no se pronunció sobre la solicitud específica de la fiscalía en relación a una medida cautelar "que alcanzara la inhabilitación del acusado para el ejercicio del comercio en el ámbito estético y cosmético", indicó el Ministerio Público Fiscal (MPF) mediante un comunicado.
Contra la sentencia dictada por el tribunal, se presentaron recursos de la fiscalía, de la defensa y de la querella que representa a Sosa, que además de cuestionar que "no se lo condenó a Lotocki por el delito de estafa", insistió para que el médico "no ejerza la medicina mientras Casación define si confirma la pena".
El recurso interpuesto por Sosa "impugnó la decisión adoptada por el tribunal anterior" que denegó la petición de que se imponga a Lotocki "la medida cautelar consistente en la inhabilitación para continuar ejerciendo la medicina, hasta tanto la sentencia condenatoria -eventualmente- adquiera firmeza”, explicaron en su fallo los magistrados Mario Magariños, Alberto Huarte Petite y Pablo Jantus, integrantes de la Sala 3 de Casación.
En ese marco, la fiscalía postuló su opinión y dijo que la medida cautelar “resulta procedente y merece ser decretada en forma inmediata por los Señores Jueces de la Cámara, en atención al peligro latente que se cierne sobre la salud de aquellos que hasta el día de hoy se someten a las intervenciones del médico Lotocki”.
“Cabe poner de relieve que la salud pública como valor comunitario es inmanente a la sociedad, y que el Ministerio Público tiene el deber de promover la defensa de los intereses de la sociedad”, sostuvo la fiscalía.
Asimismo, el fiscal consideró que es una medida "en aras de neutralizar el riesgo potencial que se deriva del ejercicio de la medicina, en general, y de la cirugía estética, en particular".
Por último, marcó que la medida solicitada “no es para asegurar los fines de este proceso penal ni adelantar el cumplimiento de la pena impuesta, sino evitar que los actuales pacientes del acusado se vean sorprendidos en su buena fe mientras que las distintas instancias judiciales se abocan al tratamiento de la resolución definitiva del asunto”.