La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó sin efecto este miércoles la reforma laboral incluida en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 firmado por el presidente Javier Milei el 20 de diciembre pasado. La medida había generado malestar en diferentes sectores sociales, políticos, cómo así también impulsó el primer paro general convocado por la CGT para el próximo 24 de enero.
Se trata de una medida cautelar dispuesta en una causa promovida por la Confederación Federal del Trabajo (CGT), que obtuvo a favor dos votos contra uno. La decisión la tomaron este mediodía los camaristas Andrea García Vior y Alejandro Sudera, con la disidencia de la tercera integrante del tribunal, María Dora González.
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El mega DNU, publicado el 27 de diciembre pasado, introdujo modificaciones en las leyes laborales referidas a la interpretación de las normas, contratación, jornada laboral, indemnizaciones y actividad sindical. Si bien la vigencia operaba a partir del 30 de diciembre, ahora queda suspendida por la justicia.
En su fallo, los jueces sostiene que la extensa fundamentación del Poder Ejecutivo sobre la gravedad de la situación económica del país resulta insuficiente para demostrar la urgencia en implementar cambios estructurales en las leyes laborales, máxime cuando algunas de esas normas tienen naturaleza penal.
Asimismo, los camaristas remarcaron que el presidente de la Nación podría haber convocado a sesiones extraordinarias en el Congreso si consideraba prioritario el tratamiento de la reforma laboral.
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De este modo, al menos transitoriamente, el Poder Judicial pone freno a las ambiciosas reformas anunciadas por el Gobierno en un área sensible como el mundo del trabajo, generando incertidumbre sobre cómo continuará ahora el trámite legislativo de esas iniciativas.