El Parque General San Martín sin dudas es una de las grandes atracciones que tiene la Ciudad de Mendoza con sus espacios verdes y el lago, donde tanto mendocinos como turistas disfrutan de pasear por sus veredas y visitar cada sector del espacio verde.
En las últimas horas se conoció la noticia de que a través del Boletín Oficial y la resolución que se publicó este viernes, a Dirección de Parques y Paseos Públicos esbozó "la necesidad de regular las actividades comerciales que se realizan en el interior de los clubes", dentro de las inmediaciones del parque.
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La resolución N° 77 expresa que "Algunas actividades propuestas por las entidades sociales y deportivas con asiento en el Parque no condicen con lo dispuesto por la Ley Nº 6394/96, pudiendo ocasionar algún tipo de daño al ambiente del sistema".
Además citan la Ordenanza municipal 3263/1995 que subraya "niveles máximos sonoros de acuerdo a distintas actividades".
De esta manera la Dirección de Parques autorizó "solo actividades y/o eventos que permitan fomentar el desarrollo social del club y que deriven de su propia función, los que deberán ser respetuosos del ambiente, teniendo en cuenta el ámbito en que se encuentran”, tal como lo es un Parque Histórico, y que además no se contrapongan con lo dispuesto por la Ley Nº 6394/96".
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QUÉ TIPOS DE EVENTOS ESTÁN PERMITIDOS Y CUÁLES SON LAS RECOMENDACIONES
Los eventos serán de índole gastronómica permanentes (bares, cantinas, comedores y restaurantes), fiestas sociales con difusión musical y/o números en vivo (casamientos, cumpleaños, aniversarios, otros) y/o ferias.
Además instan a que dichos eventos se produzcan al aire libre o en el interior del predio del club "el nivel de emisiones sonoras no podrá superar en ningún caso los 70 dB (A) en el exterior del predio del club. Mientras que para los festejos en el interior de los salones "el nivel de sonido, ruido y/o vibraciones, deberá ser contenido y absorbido, no pudiendo exceder en el exterior de este los 70 dB(A)".