El objetivo de la medida, según consta en los considerandos del decreto, es construir una política pública para la cadena de la carne con el objeto de aumentar la producción, la existencia ganadera y el peso promedio de faena, generando previsibilidad al productor, e incrementar asimismo los volúmenes exportables.
Además, se busca generar un equilibro entre el mercado argentino y la exportación de productos cárnicos y fomentar el agregado de valor en la cadena de la carne priorizando el desposte de partes enteras, como medias reses o cuartos enteros, dentro del país para promocionar la producción y el empleo en el país.
El artículo 1° del decreto indica que se suspende hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, la exportación definitiva y/o suspensiva, con destino al exterior del país, de los siguientes Cortes Bovinos frescos, enfriados o congelados:
Reses Enteras
Medias Reses
Cuarto Delantero Con Hueso
Cuarto Trasero Con Hueso
Medias reses incompletas con Hueso
Cuartos delanteros incompletos con Hueso.
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Por otra parte, según consta en el artículo 2°, los siguientes Cortes Preferidos (frescos, enfriados o congelados) se encontrarán limitados, hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, para su exportación definitiva y/o suspensiva, con destino al exterior del país:
Asado con o sin hueso
Falda
Matambre
Tapa de asado
Nalga
Paleta
Vacío