La Administración Nacional de Seguridad Social ( Anses) continúa este martes con el cronograma de pagos de abril para las prestaciones más importantes del organismo previsional, es decir, la Asignación Universal por Hijo (AUH), Familiar por Hijo (SUAF), jubilaciones y pensiones.
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Este es el caso del bono para jubilados que se pagará en mayo, la Asignación de Pago Único que otorga hasta $79.000 o la Prestación por Desempleo.
El organismo previsional a cargo de Fernanda Raverta dispone del Fondo de Desempleo 2023, una asistencia para personas que fueron despedidas de sus trabajos registrados o hayan dejado su puesto por un quiebre de la empresa.
Para acceder al acompañamiento, es necesario que los solicitantes presenten los siguientes papeles:
El monto se calcula según los ingresos y meses trabajados con aportes en los últimos 3 años, con un valor mínimo de $19.305 y un valor máximo de $32.175. Además, los trabajadores mayores de 45 años cobran durante 6 meses más.
Inscripción al Plan de Desempleo Anses
Para cobrar esta asistencia, la persona dispone de 90 días hábiles desde la fecha que se produjo la ruptura de la relación laboral para proceder con el trámite. Paso a paso, cómo realizarlo:
Ingresar a “Mi Anses” desde anses.gob.ar con el CUIL y la Clave de la Seguridad Social y subir la documentación.
Pedir turno en Anses.
Presentar la documentación requerida en la oficina consignada en el turno solicitado
Prestación por Desempleo Anses
Las personas que NO pueden acceder al Fondo de Desempleo de Anses son las siguientes:
Quienes no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo
Quienes perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo)
Sean beneficiarios de una prestación no contributiva (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia - excombatientes del Atlántico Sur, Ley N.º 23.848)
Se encuentran contratados bajo la modalidad de pasantías
Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada
Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario
Tampoco podrán acceder quiénes pertenezcan a los siguientes regímenes: Servicio doméstico, administración pública nacional, establecimientos privados de enseñanza y personal docente en instituciones universitarias privadas