La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) paga una variedad de asistencias para quienes lo necesiten. Una de ellas es la pensión vitalicia por Covid-19.
Este pago se abona de manera mensual y equivale a dos jubilaciones mínimas, que a raíz del aumento del 15,62% por la Ley de Movilidad Jubilatoria, alcanza en diciembre los $100.706.
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Pensión vitalicia: ¿En qué consiste?
La medida tiene como objetivo "acompañar a los familiares de trabajadores esenciales que hayan fallecido como consecuencia del COVID-19", según la Ley N° 27.549.-
¿A quiénes corresponde?
Está destinada a cónyuges, convivientes e hijos de trabajadores esenciales que hayan fallecido durante el ejercicio de sus tareas como consecuencia del COVID-19.
Requisitos para cobrar la pensión
Trabajador esencial fallecido:
La persona fallecida víctima del Covid-19 tiene que haber realizado o desempeñado trabajos esenciales entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2020, en los siguientes rubros:
Personal de los sistemas de salud pública y privada
Personal de las Fuerzas Armadas
Personal de las Fuerzas de Seguridad
Personal de la Actividad Migratoria
Personal de la Actividad Aduanera
Bomberos
Recolectores de residuos domiciliarios
Recolectores de residuos patogénicos
¿Quiénes pueden pedir el beneficio?
Esposo/a o conviviente.
Hijos menores a cargo de la victima: hasta los 21 años. En caso de los discapacitados o aquellos con percepción de alimentos fijados, la situación será hasta los 25 años de edad.
Personas a cargo del fallecido.
Calendario noviembre 2022 de Asignaciones Familiares de PNC.
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¿Cómo solicitar la pensión?
Para comenzar el trámite online primero se deberá ingresar a la Atención Virtual de Anses con CUIL y Clave de Seguridad Social. Luego ir a la sección "Iniciar atención" y ahí elegir la opción "Asistencia para inicio de Pensión COVID Ley 27549" para comenzar el trámite.
Para inscribirse se deberá realizar la gestión en cualquier oficina de ANSES y presentar la siguiente documentación:
DNI de quien solicita la pensión.
Partida de defunción del jubilado o pensionado.
Factura de la funeraria a nombre del solicitante de la asignación.
Cónyuge de la trabajadora o trabajador fallecida/o:
Partida de matrimonio actualizada (posterior a la fecha de fallecimiento).
Conviviente del trabajador fallecido/a:
Unión convivencial
O acreditar cinco años de convivencia anteriores e inmediatos a la fecha del fallecimiento. Ese plazo se reduce a 2 años en caso de haber tenido un hijo en común y reconocido por ambos.
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