La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza ha aceptado una demanda presentada por un deudor hipotecario ajustado por UVA contra el Banco Nación y ha instruido una revisión del contrato de préstamo.
Según el fallo, las cuotas del demandante se actualizarán a partir del primer congelamiento en agosto de 2019, utilizando el Coeficiente de Variación Salarial publicado mensualmente por el Indec. Esta actualización no prolongará la duración original del préstamo y mantendrá la tasa de interés acordada.
Además, se establece que si en el futuro se promulgan leyes que otorguen mayores beneficios al consumidor, se aplicará el régimen más favorable.
Según informes del portal Iprofesional, se ha diseñado un método flexible para adaptar las cuotas a los diferentes períodos mensuales. Se propone la revisión del contrato con los criterios mencionados y calcular la cuota resultante utilizando un promedio ponderado.
Ambas partes asumirán el 50% de la diferencia entre las cotizaciones. La cuota no superará el 30% de los ingresos del demandante según lo establecido.
El Banco Nación podrá apelar ante la Corte Suprema de Justicia. El fallo indica que, aunque las cuotas se paguen puntualmente, la deuda en UVA aumenta diariamente, lo que significa que el monto total del préstamo sigue creciendo.