La Justicia rechazó este jueves el reclamo de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica (FEFARA) para frenar la desregulación del sector farmacéutico. El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3 entiende que la medida no viola derechos ni obliga a las provincias a adherir a la iniciativa.
De esta forma, los medicamentos sin receta podrán ser exhibidos y adquiridos directamente desde las góndolas de las farmacias. Además, se habilita la venta de dos tipos de medicamentos sin receta en otros puntos de venta, como kioscos, almacenes o supermercados.
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“En los establecimientos que no estén habilitados como farmacias, la comercialización de medicamentos de condición de expendio de venta libre estará limitada a los antiácidos y los analgésicos”, indica el decreto que habilita la venta libre de los productos.
Las entidades del sector farmacéutico habían pedido que se declare la nulidad de los artículos 313 a 325 del DNU 70/2023 al entender que son inconstitucionales, ya que modificaron la Ley 17.565 sin pasar por el Congreso nacional.