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El Gobierno definió el cronograma de turnos para sacar el RTO

La medida excluye a los autos que tienen vigente la revisión y a los que estén radicados en municipios en los que no haya plantas verificadoras

Redacción
03/06/2022 11:30
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Ocurrió en el 2021 y se vuelve a repetir este año. La Revisión Técnica Obligatoria (RTO) se realizará mediante turnos, de acuerdo con el número de patente del auto, camioneta, camión o moto.

La medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial y tiene como finalidad ordenar la realización de la RTO en los Centros registrados en el sistema Nacional de Revisión Técnica.

El cronograma propuesto estará basado en el último dígito de finalización de cada patente, quedando exceptuados los vehículos radicados en los municipios en los que no se hubiera instalado las plantas verificadoras o que tengan vigente el control.

De este modo, el Director de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial de la Secretaría de Servicios Públicos estableció el siguiente calendario para el 2022:

  • Patentes terminadas en 1 y 2: desde el 1 de junio al 30 de junio.
  • Patentes terminadas en 3 y 4: desde el 1 de julio al 31 de julio.
  • Patentes terminadas en 5 y 6: desde el 1 de agosto al 31 de agosto.
  • Patentes terminadas en 7 y 8: desde el 1 de setiembre al 30 de setiembre.
  • Patentes terminadas en 9 y 0: desde el 1 de octubre hasta el 31 de octubre.

La normativa establece, además, que los Centros de Revisión Técnica habilitados deberán disponer de turnos para los casos de revisiones que arrojen resultados "Condicional" o "Rechazado", como así también para el supuesto en que se realice la RTO en un mes distinto al asignado por finalización de fecha de vigencia, y para usuarios que requieran la revisión por urgencia, independientemente del cronograma establecido.

En tanto, los Centros habilitados, registrados en el sistema Nacional de Revisión Técnica Obligatoria, dependiente de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, tendrán que contar con un sistema web operativo para la entrega de turnos, en caso de no hacerlo, quedarán suspendidas su habilitación y no podrán realizar atención al público, otorgar turnos, emitir obleas y certificados de RTO.

 

 
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