Fue la jueza federal María Eugenia Capuchetti quien rechazó la solicitud del fiscal Stornelli. Nodio es un observatorio destinado a controlar lo que se publica en los medios de comunicación.
La jueza federal María Eugenia Capuchetti rechazó hoy un planteo a través del cual el fiscal Carlos Stornelli había solicitado el dictado de una medida cautelar para impedir la puesta en marcha del observatorio Nodio.
El Nodio, aún en etapa de formación, fue presentado por la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual como un observatorio dedicado a registrar, analizar y prevenir el la información y los contenidos de los medios de comunicación, para así “evitar la desinformación”.
La magistrada entendió que en la presentación del fiscal “no se verifica -más allá de las formulaciones genéricas e invocaciones a normas de distinta jerarquía- de qué modo concreto la creación del organismo afectaría el derecho a la libertad de expresión protegido por la Constitución Nacional”, según consta en la resolución a la que accedió Télam.
En relación al pedido de indagatoria formulado por Stornelli contra la titular de la Defensoría, Miriam Lewin, la magistrada solicitó a ese organismo toda la documentación y normativa para la creación y la puesta en funcionamiento con el objetivo de analizar si se desprende de allí la comisión de algún delito, algo que tampoco estaba demostrado en el dictamen de la fiscalía, indicaron fuentes judiciales.
Al rechazar el dictado de una medida cautelar que impida la puesta en marcha de Nodio, la jueza Capuchetti señaló además que la fiscalía no intentó “demostrar la ilegitimidad o arbitrariedad manifiesta en la creación del citado observatorio”.
“Más allá de la opinión que se pueda tener sobre la creación de un organismo como el cuestionado y de cuál o cuáles deberían ser la acciones positivas que los Estados deben realizar para combatir la desinformación en línea, lo cierto es que en el estado actual en que se encuentran las cosas advierto que los perjuicios invocados por el Ministerio Público Fiscal (MPF) son meramente hipotéticos y basados en una apresurada interpretación de la norma cuestionada que incluso omite individualizar”, sostuvo la jueza.