El Gobierno ha confirmado que los consumos realizados con tarjeta de crédito en dólares y los gastos en el extranjero efectuados antes del 13 de diciembre, con cierres de tarjeta posteriores al 14 de dicho mes, estarán sujetos a un impuesto del 60%. Esta medida evita que aquellos con consumos en moneda extranjera en sus resúmenes se vean obligados a abonar un dólar a $1.321 más un 155% de impuestos que regían hasta la subida del dólar oficial.
La decisión fue oficializada mediante la Resolución General 5465/2023 de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP). “Las disposiciones de la presente resolución general entrarán en vigencia el día de su dictado y resultarán de aplicación para las liquidaciones de tarjetas de crédito cuya fecha de cierre sea igual o posterior al 14 de diciembre de 2023″.
El documento establece que las percepciones relacionadas con operaciones realizadas antes del 13 de diciembre de 2023, canceladas con tarjetas de crédito cuya fecha de cierre sea igual o posterior al 14 de diciembre de 2023, se calcularán considerando una alícuota del 30%, según lo establecido en la Resolución General Nº 4.815. La normativa entra en vigencia el día de su dictado y se aplica a las liquidaciones de tarjetas de crédito con fecha de cierre igual o posterior al 14 de diciembre de 2023.
La AFIP señala que, debido a las nuevas condiciones del mercado cambiario desde el 13 de diciembre de 2023, se considera conveniente adoptar un criterio excepcional en cuanto a la alícuota para las percepciones de operaciones con tarjeta de crédito realizadas antes de esa fecha y pendientes de liquidación.
Con la reciente publicación en el Boletín Oficial, la AFIP resuelve una de las incógnitas surgidas tras el anuncio de la devaluación, aclarando cómo se cobrarán los vencimientos de tarjetas de crédito con consumos en dólares que vencieron en ese período.
Dólar tarjeta: el detalle de la resolución
El documento establece que " las percepciones que deban practicarse de conformidad con la Resolución General Nº 4.815, sus modificatorias y sus complementarias sobre las operaciones comprendidas en los incisos b), c), d) y e) del artículo 35 de la Ley N° 27.541 y sus modificaciones que se hubieran realizado con anterioridad al 13 de diciembre de 2023 y siempre que se hubieran cancelado con tarjetas de crédito cuya fecha de cierre de liquidación -en la que se incluyan dichas operaciones- fuera igual o posterior al día 14 de diciembre de 2023, se calcularán considerando la alícuota del treinta por ciento (30%) establecida en el segundo párrafo del artículo 5° de la citada resolución general”, precisa la normativa publicada esta madrugada en el Boletín Oficial.
“Las disposiciones de la presente resolución general entrarán en vigencia el día de su dictado y resultarán de aplicación para las liquidaciones de tarjetas de crédito cuya fecha de cierre sea igual o posterior al 14 de diciembre de 2023″, agrega el artículo 2° del texto que lleva la firma de la titular de la AFIP, Florencia Lucila Misrahi.
“Atendiendo a las nuevas condiciones del mercado cambiario vigentes desde el 13 de diciembre de 2023, se considera conveniente, por razones de administración tributaria, adoptar un criterio excepcional respecto a la alícuota que debe considerarse para practicar las percepciones correspondientes a las operaciones con tarjeta de crédito comprendidas en el régimen de percepción y celebradas con anterioridad a dicha fecha, que se encontraren pendientes de liquidación”, señaló la AFIP en los considerando.
Dólar oficial: qué ocurrió con las percepciones con la llegada de Luis Caputo
Tras la devaluación implementada por el ministro de Economía, Luis Caputo, el dólar oficial alcanzó los 821 pesos. El pasado miércoles el “dólar tarjeta” pasó a valer unos $1.312. Esa cifra se alcanzó a partir de los impuestos para este tipo de consumos y también para lo que se conoce cómo “dólar ahorro”, que tiene hasta el momento un tope de 200 dólares mensuales, que pasaron a ser del 60%, unos 480 pesos.
De acuerdo al último cierre, el dólar oficial se encuentra en 821 pesos, mientras que el dólar tarjeta $1.313. Con este último tipo de cambio, los consumidores pagan los $821 de la cotización oficial más impuestos por 60 por ciento: 30% del llamado Impuesto PAIS y 30% de percepción de Ganancias.
Con la resolución publicada esta madrugada en el Boletín Oficial, la AFIP despejó una de las incógnitas que surgieron cuando se anunció la devaluación acerca de cómo se cobrarían los vencimientos de tarjetas de crédito con consumos en dólares que vencieron en ese entonces.