A través del decreto 264, publicado en el Boletín Oficial, el gobernador Alfredo Cornejo reglamentó una serie de artículos de la Ley N° 9578 que estableció un marco regulatorio para la prestación de servicios y actividades de seguridad privada humana, interna y tecnológica.
El Gobierno Provincial determinó que los vigiladores de seguridad privada podrán usar dispositivos electrónicos de inmovilización momentánea, conocidos popularmente como "pistolas taser", como parte de los elementos de seguridad y armas "disuasivas".
El arma eléctrica TASER moderna dispara dos dardos que contienen electrodos que se conectan con el arma mediante unos alambres de metal. El arma envía las cargas eléctricas a los electrodos, que al ser proyectados sobre una persona, descontrolan los músculos motores incapacitándola.
Te puede interesar
La reglamentación aclara que las empresas de seguridad privada deberán solicitar autorización expresa a la Autoridad de Aplicación para el uso de armas disuasivas o de baja letalidad.
El personal asignado al uso de armas disuasivas y de baja letalidad deberá acreditar capacitación y entrenamiento referida a los medios a utilizar. A la vez que se llevará un registro del personal habilitado para el uso de estos dispositivos. La habilitación tendrá una vigencia de 2 años siempre que no mediare otra circunstancia grave, renovable conforme lo determine la autoridad de aplicación.
Este miércoles la ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, acompañada por el intendente Suarez, presentarán el proyecto de ley de regulación de los cuerpos de seguridad ciudadana municipales para autorizar el uso de este tipo de dispositivos.