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Ampros sufrió un revés en la Justicia en su batalla contra el tope salarial

El máximo tribunal del país declaró caducado el recurso presentado por el gremio, cerrando definitivamente la discusión sobre la constitucionalidad del límite salarial fijado en 2014.

Redacción
04/04/2025 14:17

La disputa legal sobre el límite salarial establecido en 2014 llegó a su fin. La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la caducidad del recurso extraordinario presentado por la Asociación Mendocina de Profesionales de la Salud (Ampros), dejando firme la normativa que fija el salario máximo de los empleados estatales en Mendoza.

En 2014, la promulgación de la Ley 8727 conocida como Ley de Tope Salarial estableció que la remuneración de funcionarios, empleados y contratados del Estado no podía superar el sueldo del gobernador de la provincia. Esta restricción se aplicó a los tres poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Además, incluyó a organismos centralizados y descentralizados, entidades autárquicas, cuentas especiales y sociedades estatales.

Desde su implementación, la normativa generó resistencia en diversos sectores, y Ampros encabezó la lucha para revertirla. El gremio promovió una acción de inconstitucionalidad, pero la Sala Primera de la Suprema Corte de Mendoza –compuesta por los jueces Julio Gómez, Pedro Llorente y José Valerio rechazó la presentación el 3 de mayo de 2023, reafirmando la validez de la ley.

Ante esta negativa, el sindicato apeló ante la Corte Suprema de la Nación con un recurso extraordinario. Si bien el máximo tribunal aceptó analizarlo en parte, la falta de impulso por parte de Ampros en la tramitación del expediente llevó a que la Asesoría de Gobierno y la Fiscalía de Estado solicitaran su caducidad.

Finalmente, el 3 de abril de 2025, la Corte Suprema accedió a ese pedido y declaró extinguida la acción, dando por concluida cualquier posibilidad de revertir el tope salarial. Con esta decisión, se cierran todas las instancias judiciales en torno a la controversia.

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