La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Mendoza declaró inconstitucional el ingreso y ascenso al Estado sin concurso de antecedentes y oposición, en un fallo que se conoció este lunes. La votación fue dividida, con dos ministros a favor y uno en contra.
El gobernador Alfredo Cornejo celebró el fallo, considerando que es una bandera de su gestión. "Ha sido una bandera de mi gestión", destacó. El fallo pone fin a una práctica que había sido utilizada por anteriores administraciones, y que permitía el ingreso y ascenso al Estado sin cumplir con los requisitos establecidos por la Constitución provincial y la Ley provincial 9015.
La resolución también afecta a más de 5.000 empleados estatales y no estatales que ingresaron o ascendieron a su cargo sin cumplir con los requisitos establecidos. El Ejecutivo provincial ha dado instrucciones a la Dirección de Recursos Humanos para determinar los universos de casos afectados y revisar la situación de revista de los empleados.
La Fundación Centro Latinoamericano de Derechos Humanos y Juan José Archúa interpusieron la acción de inconstitucionalidad contra la Ley 8.798, que homologó la paritaria del entonces gobernador Francisco Pérez en mayo de 2015. El fallo declara la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 8.798 y algunos puntos de los decretos que refrendaron aquellos acuerdos paritarios con los gremios.
El gobernador Alfredo Cornejo destacó en un comunicado que este gobierno siempre ha sostenido el principio de idoneidad e igualdad de oportunidades para el ingreso a la Administración Pública, previsto en la Constitución provincial y en la Ley provincial 9015.