El ex intendente de Guaymallén perderá su vivienda familiar y un departamento, los que serán rematados y el monto de la operación se transferirá a la Tesorería de la provincia
La Justicia civil de Mendoza determinó que el ex intendente de Guaymallén Luis Lobos y su esposa Claudia Sgro tengan que entregar a la provincia parte de sus bienes como resultad del juicio de Extinción de Dominio que se lleva adelante por corrupción.
De esta manera, la jueza María Paz Gallardo, a cargo del Primer Tribunal de Gestión Asociada, determinó: “Admitir parcialmente la acción de extinción de dominio incoada en autos por el Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Mendoza y, en consecuencia, declarar extinguido el dominio de los Sres. Luis Alberto Lobos y Claudia Verónica Sgro respecto de los siguientes bienes”:
- Inmueble identificado con la matrícula 362.679/4 unidad 2 PB de calle Cangallo 3862.
- Inmueble identificado con la matrícula 181.518/4 de Calle Tirasso 4357, la casa de la familia en Guaymallén.
- Inmueble identificado con la matrícula 167.166/4 pasillo comunero de calle Tirasso 4357, el callejón corresponde a la mencionada propiedad.
Además, en el jucio se desestimó la quita de otros bienes que estaban en un principio incluidos: un automovil Peugeot 308 (dominio LVV 245) con titularidad del 50% de cada uno de los demandados, una camioneta Volkswagen Amarok 2.0 (dominio JVS 193) con titularidad del 50% de cada uno de los demandados y un cuatriciclo Can-Am (dominio 634 JAD) con titularidad del 50% de cada uno de los demandados.
De acuerdo a veredicto, de la jueza Gallardo, el ex intendente de Guaymallén y su esposa no pudiero determinar los los orígenes lícitos de parte de su patrimonio, provenientes del tiempo en el que se desempeñaban en la función pública y que están siendo puestos en tela de juicio en un proceso penal por enriquecimiento ilícito.
De esta forma, fuel el primer fallo dictado en la provincia bajo la La ley de Extinción de Dominio, sancionada en 2019. Esta establece que estos bienes pueden ser rematados y utilizados para la construcción y reparación de establecimientos escolares, como una manera de resarcir a la ciudadanía del perjuicio económico por la mala administración del erario público y en beneficio de la clase política, entre algunas de las figuras previstas en la norma.