Hasta el momento, los albergues transitorios -también conocidos como telos- solo dejaban entrar hasta 2 personas por turno en habitación, pero los tiempos cambiaron y el puntapié inicial para adaptarse a este cambio lo dio el departamento que gobierna Marcelino Iglesias.
La razón que da el municipio para regular a los albergues transitorios con disposiciones modernas es que es fundamental realizar un ordenamiento de normas relacionadas entre sí, teniendo en cuenta que las mismas han sido sancionadas hace más de 20 años, por lo que diferentes disposiciones tratan sobre el funcionamiento de los albergues transitorios y que al estar dispersas y desordenadas, es difícil ubicarlas.
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Además, aclaran que estas se encontraban desactualizadas y resultaban incompatibles con los tiempos que corren, por lo que generaban inconvenientes para su correcta aplicación.
Por este motivo, las unificaron en una sola reglamentación, más adaptada a la realidad.
Para esto, derogaron 6 ordenanzas que fueron sancionadas entre 1984 y 1990 y que se encontraban aún vigentes. Estas son la N° 1823/84, 1855/84, 1874/84, 2009/85, 2186/86 y 2953/90,
Además de permitir que ingresen a un telo hasta cuatro huéspedes por habitación, la normativa dispone que si en la zona en la que se instalará un albergue transitorio preexisten establecimientos educacionales sociales, de fuerzas de seguridad, religiosos, asistenciales, deportivos o de bien público y barrios, deberán respetar una distancia no menor de cuatrocientos 400 metros.