¿Quieres recibir notificaciones de noticias?

En Mendoza ya no será obligatorio portar la cédula azul

¿Quieres recibir notificaciones de noticias?

Publicidad

4° Mendoza

Miércoles, julio 03, 2024

RADIO

ONLINE

4° Mendoza

Miércoles, julio 03, 2024

RADIO

ONLINE

PUBLICIDAD

En Mendoza ya no será obligatorio portar la cédula azul

La nueva normativa se publicó en el Boletín Oficial del Gobierno de Mendoza y está en vigencia. Esta medida busca no solo facilitar la gestión documental para los conductores, sino también promover una mayor armonización de las normativas viales a nivel nacional

Redacción
15/05/2024 12:54
La tarjeta azul dejó de ser obligatoria.
PUBLICIDAD

Adherirse a los criterios nacionales. Eso es lo que ha hecho la provincia de Mendoza respecto a la situación de los Registros de la Propiedad del Automotor establecidos en la Disposición N° 29/2024 de la Dirección Nacional.

De ahora en más, de acuerdo a este paso de unificación y simplificación de los requisitos de circulación vial, en Mendoza las cédulas verdes dejan de tener vencimiento y ya no se exigirán las tarjetas azules.

En los hechos, lo anterior implica que de aquí en más sólo será necesario presentar la cédula verde, sea en versión física o digital. En todo caso, se podrá autorizar a un tercero a manejar un vehículo mediante el perfil digital de la app Mi Argentina.

La Resolución N° 5 se basa en el Expediente N° EX-2024-03477484-GDEMZA-SSP, que solicita la adecuación a la normativa nacional.

La Disposición N° 29/2024 introduce varias modificaciones importantes al Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor. Entre las modificaciones más destacadas se encuentra la actualización del Artículo 4 de la Sección 1ª, Capítulo IX, Título II, que establece que las cédulas de Identificación del automotor y del motovehículo, tanto en formato digital como físico, no caducarán mientras no haya cambios en la titularidad del vehículo.

El Artículo 5 de la disposición establece que las cédulas emitidas anteriormente, que contengan una fecha de vencimiento en su formato físico, ya no tendrán caducidad. Esta información se reflejará debidamente en el formato digital de las cédulas.

Por último, el Artículo 6 señala que las Cédulas de Identificación para Autorizados a Conducir continuarán vigentes hasta que sean revocadas por quien las solicitó, sin necesidad de renovación salvo en caso de transferencia o denuncia de venta del vehículo.

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD