La Subsecretaría de Trabajo y Empleo, dependiente del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, es la encargada de proteger e informar sobre los derechos laborales del trabajador y resguardar a menores de labores que podrían resultar perjudiciales para su desarrollo.
Características del trabajo adolescente
El trabajo adolescente protegido es el que se realiza entre 16 y 18 años, mediante contrato de trabajo, con autorización de los padres, responsables o tutores. Los emancipados no necesitarán ese permiso.
La jornada de trabajo no podrá ser mayor a 6 horas diarias o 36 semanales y los jóvenes no deben estar expuestos a tareas forzosas, penosas o peligrosas. No pueden trabajar en horario nocturno, entre las 20 y 6 de la mañana, ni en horas que interfieran con su actividad escolar
El trámite de autorización es gratuito y debe ser tramitado por padres o tutores en la sede central de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo de la Provincia, en San Martín 601, Ciudad, de 7 a 14, y también en las delegaciones de esta repartición. El organismo es el encargado de solicitar ese permiso a los empleadores de los menores.
La constancia debe ser retirar en un plazo no mayor a 15 días por la oficina correspondiente y presentada ante el empleador. Vencido ese plazo, se archivará la autorización.
Documentación requerida del solicitante
Solicitantes: DNI de padre, madre o tutores; DNI y partida de nacimiento del adolescente, resolución de otorgamiento de tutoría, certificado médico de aptitud psicofísica para el trabajo, certificado de estudios, número de CUIL.
También deberá aportar los siguientes datos del Empleador: razón social, número de CUIT, domicilio del lugar de trabajo, domicilio legal y administrativo, responsable de contratación y teléfono de contacto. También el tipo de contrato: período de prueba, tiempo indeterminado o fijo, temporada, eventual, tiempo parcial; tareas a desarrollar, categoría laboral, días y horario de trabajo.