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Afip duplicó el monto del reintegro del 15% para compras con débito a sectores vulnerables

El reintegro a sectores vulnerables por consumos realizados con tarjeta de débito se extendió por seis meses y se incrementó en un 100% a partir del vencimiento de la actual etapa en junio próximo, por lo que estará vigente hasta fines de año

Redacción
16/05/2023 10:12
La AFIP elevó el monto a un tope mensual de $4056 pesos por beneficiario y de $8.114 para aquellos que perciban dos o más beneficios
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) duplicó el monto de reintegro del 15% para las compras realizadas con tarjeta de débito y extendió el beneficio hasta el 31 de diciembre de 2023. La medida alcanza a jubilados, pensionados que perciban el haber mínimo y a los titulares de la AUH y la Asignación Universal por Embarazo (AUE).

A través de la Resolución General 5360, publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo conducido por Carlos Castagneto elevó el monto a un tope mensual de $4056 pesos por beneficiario y de $8.114 para aquellos que perciban dos o más beneficios.

Los reintegros se acreditan en forma automática cuando los jubilados, pensionados y titulares de la AUH realizan compras en comercios con la tarjeta de débito donde perciben sus prestaciones. El beneficio también está previsto para las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).

El régimen abarca aquellos productos que se comercialicen en negocios dedicados a la venta al por menor y mayor como mini, súper e hipermercados, sumado a los que realicen venta de productos alimenticios únicamente que se encuentren inscriptos ante la AFIP. También están alcanzados los kioscos, siempre y cuando el beneficiario abone con tarjeta de débito.

Podrán acceder al beneficio las personas que:

  1. Cobren la jubilación mínima.
  2. Perciban una pensión mínima por fallecimiento.
  3. Sean beneficiarios de una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, etc.).
  4. Sean titulares de la asignación universal por hijo (AUH).
  5. Sean titulares de la asignación universal por embarazo (AUE).
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