La devolución del 15% del monto total de los consumos con tarjeta de débito alcanza a personas jubiladas y pensionadas que cobran el haber mínimo, así como a titulares de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y Embarazo (AUE).
En julio de este año, el organismo el organismo había extendido el beneficio hasta el 31 de diciembre, mediante la Resolución General 5023/2021. En aquella normativa se fijó que el monto mensual reintegrado no podrá superar la suma de $ 1.200 por beneficiario.
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Quienes perciban dos o más prestaciones ya sea AUH, asignaciones por embarazo y hasta una pensión por fallecimiento que no exceda el haber mínimo el reintegro no podrá superar los $ 2.400.
Asimismo, en la última modificación se había incorporado en el listado de Actividades Económicas Comprendidas las compras por menor de productos farmacéuticos y de herboristerías, como así también las de productos cosméticos, de tocador y de perfumería.
Entre marzo y octubre de 2020 el régimen de reintegro para los sectores vulnerados había representado un impulso adicional a la demanda por más de $ 3.300 millones.
Este instrumento fue establecido por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, y forma parte de las políticas implementadas por el Gobierno para amortiguar el efecto de la pandemia de coronavirus.
Los reintegros se acreditan en forma automática cuando las personas jubiladas, pensionadas y titulares de la AUH y la AUE realizan compras en comercios con la tarjeta de débito donde perciben sus prestaciones.
Los últimos datos difundidos por la AFIP revelaron que quienes más utilizan estos beneficios “son los jubilados" y que solo 420.000 de los más de dos millones de beneficiarios de la AUH lo usan.