La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) inició una investigación sobre las empresas que fueron incluidas en el programa ATP, la ayuda estatal para el pago de salarios que se implementó durante 2020. La semana pasada, 2.066 firmas que recibieron la asistencia para el pago de sueldos —en distintas modalidades— fueron notificadas por el organismo sobre “posibles incumplimientos” en las condiciones para acceder al programa oficial y deberán realizar el correspondiente descargo.
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Aunque en las notificaciones no se detalla cuál es el incumplimiento por el cual es investigada la empresa, desde la AFIP indicaron que el aviso se basa en la información que reciben desde la Comisión Nacional de Valores (CNV) y desde el Banco Central (BCRA). Entre los requisitos que debían cumplir las empresas para recibir la ayuda del programa ATP se incluye, por ejemplo, que no podían distribuir utilidades, recomprar acciones, comprar dólar CCL o dólar MEP o transferir fondos a firmas establecidas en paraísos fiscales. Estas limitaciones tiene vigencia hasta 12 meses después del otorgamiento del beneficio para las empresas de menos de 800 empleados y de 24 meses para las de más de 800 empleados.
Los incumplimientos traen aparejados el consecuente decaimiento de los beneficios acordados por el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción
Por otro lado, las empresas beneficiarias del programa tampoco pueden incrementar los honorarios, salarios o anticipos de los miembros de los órganos de administración más de 5%, lo que incluye los pagos adicionales, bonificaciones u honorarios extraordinarios vinculados al cumplimiento de determinados resultados.
“Los incumplimientos traen aparejados el consecuente decaimiento de los beneficios acordados por el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción dispuestos por el Decreto N° 332/20 y la consecuente obligación del beneficiario de efectuar las restituciones pertinentes al Estado Nacional”, se puede leer en la nota que recibieron las empresas que están siendo investigadas.
Las empresas tendrán la oportunidad de realizar su descargo y, luego, las que efectivamente hayan incumplido con las condiciones deberán realizar la devolución de los montos que hayan recibido, aunque aun no se definió la modalidad. “La devolución incluye una multa y los intereses, pero el mecanismo se establecerá en los próximos días. La devolución será al Estado Nacional, puede ser al ministerio de Economía o al Banco Central en el caso de los créditos subsidiados, a la Anses o directamente a la AFIP, depende de la modalidad de la asistencia recibida”, explicó a Infobae Carlos Castagneto, titular de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social de la AFIP.
Aunque por el momento solo se trata de empresas, Castagneto adelantó que también se realizarán cruces con la información de los monotributistas que recibieron beneficios durante 2020 y que también tenían que cumplir con algunas restricciones para realizar operaciones financieras.
“Los datos sobre los incumplimientos de alguno de los requisitos salen de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social de la AFIP en base a informes de la CNV y el Banco Central. Se está cruzando toda la información. El programa terminó en 2020 pero si este año hay incumplimientos se seguirá controlando y la devolución debe ser retroactiva, no solo del momento donde se incumplió algún requisito”, agregó el funcionario.