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Adiós a las pensiónes por fallecimiento: ¿A quiénes afecta la medida?

La decisión afecta a adultos mayores que acceden a la Pensión Universal para el Adulto Mayor. Desde Anses explicaron los nuevos criterios y requisitos para obtener este beneficio.

Redacción
10/04/2025 17:32

El Gobierno Nacional oficializó una modificación clave en el sistema provisional que restringe el acceso a la pensión por fallecimiento para determinados jubilados. En concreto, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) anunció que los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) ya no podrán acceder a este beneficio en caso de fallecimiento de su pareja .

Esta disposición se enmarca en el contexto del fin de la moratoria previsional , mecanismo que permitía a quienes no contaban con los 30 años de aportes requeridos , acceder a una jubilación. Con esta nueva medida, se establece una diferencia entre los que ingresaron al sistema a través de aportes contributivos y aquellos que lo hicieron mediante la PUAM .

¿A quiénes afecta esta medida?

El recorte impacta directamente en adultos mayores que no pudieron completar los años de aportes necesarios y optaron por tramitar la PUAM , una prestación que equivale al 80% del haber mínimo jubilatorio . Estos beneficiarios, en caso de fallecimiento de su cónyuge, ya no podrán solicitar la pensión por viudez , un derecho que aún conservan los jubilados del sistema previsional contributivo tradicional .

Quienes sí obtuvieron aportes suficientes y accedieron a la jubilación a través del esquema general, mantendrán la posibilidad de transmitir una pensión por fallecimiento a sus cónyuges o convivientes.

Requisitos para acceder a la PUAM

Para solicitar la Pensión Universal para el Adulto Mayor , la Anses exige que los postulantes tengan 65 años o más , residan en Argentina y acrediten un mínimo de 10 años de residencia continua inmediatamente anteriores a la presentación del trámite.

Además, no deben recibir ninguna otra jubilación, pensión o prestación contributiva , ni encontrarse trabajando en relación de dependencia formal . Se permite, sin embargo, el trabajo autónomo o informal .

También se debe demostrar una situación económica vulnerable , es decir, no poseer bienes o ingresos que superen los límites definidos por la normativa vigente.

El trámite puede iniciarse presencialmente en una oficina de Anses o de manera virtual, y requiere contar con DNI y, en algunos casos, documentación complementaria que acredita la residencia .

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