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Carlos Gallo, el ex titular de ANSES Mendoza advirtió sobre la posible "eliminación" del organismo 

El especialista en seguridad social se refirió a la solicitud que realizó la senadora Anabel Fernández Sagasti en el tratamiento de la Ley Bases de excluir el Artículo 3° 

Redacción
13/06/2024 20:11
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El ex Jefe Regional Cuyo de ANSES y ahora miembro del Instituto CIMA y del SECASFPI, Carlos Gallo, publicó en sus redes sociales una dura advertencia para la ciudadanía sobre la posible "modificación o eliminación" de la Administración Nacional de la Seguridad Social. 

El exfuncionario hizo alusión a un pedido que realizó la senadora nacional, Anabel Fernández Sagasti en el tratamiento de la Ley Bases, quien propuso blindar la Anses para impedir que a través de las facultades delegadas el Gobierno de Javier Milei pueda "disolver o fusionar el organismo". Tras la propuesta, la moción fue sometida a votación, pero no prosperó.

"Las instituciones de la seguridad social han quedado afuera de toda protección de esta ley y de este artículo. Estamos hablando del Anses. Espero que se le haya pasado la protección de las instituciones de seguridad social que están en el Artículo 8° inciso A", expresó la senadora en su intervención. 

Según indicó Galló en su cuenta de X, el Artículo 3° dice: Facúltese al Poder Ejecutivo nacional a disponer, en relación con los órganos u organismos de la administración central o descentralizada contemplados en el inciso a) del artículo 8° de la ley 24.156 que hayan sido creados por ley o norma con rango equivalente:

  • a) La modificación o eliminación de las competencias, funciones o responsabilidades dispuestas legalmente cuyo mantenimiento resulte innecesario.
  • b) La reorganización, modificación o transformación de su estructura jurídica, centralización, fusión, escisión, disolución total o parcial, o transferencia a las provincias o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previo acuerdo que garantice la debida asignación de recursos.

¿Qué son las facultades delegadas?

Es la habilitación excepcional y limitada que el Congreso puede conferir al Poder Ejecutivo para que ejerza temporalmente algunas de las facultades legislativas que la Constitución otorga al Poder Legislativo, por un tiempo determinado.

Como ejemplo, Javier Milei podría modificar leyes impositivas o de otro tipo sin la necesidad de pasar por el Congreso.

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