La Justicia avanza en una investigación, luego de que Fabiola Yañez denunció este martes, ante al juzgado de Julián Ercolini, a Alberto Fernández por violencia de género.
En el testimonio de la denunciante, aparecen términos que aluden a maltrato psicológico, acoso diario y temor por una custodia que respondería al exmandatario. La ex primera dama y periodista también se refirió a la relación de su pequeño hijo, Francisco Fernández, con su padre.
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Sobre esto último, Yañez dijo "que el contacto podía continuarse al número telefónico de su madre, abuela de su hijo, para que aquél pueda conservar dicho vínculo".
LA DENUNCIA DE FABIOLA YAÑEZ
Según consta en el expediente, el 6 de agosto Yáñez se contactó con el juzgado solicitando que se realizara una audiencia ampliatoria que tuvo lugar ese mismo día.
En tal sentido, la ex primera dama reveló que en la audiencia anterior "se le había solicitado que no inste la acción penal en contra de su presunto agresor a quien identificó como Alberto Ángel Fernández".
Y sigue: "Manifestó estar padeciendo lo que definió como 'terrorismo psicológico' por parte de la persona denunciada, así como acoso telefónico, de manera diaria. Dado que el presunto agresor se contactaba mediante mensajes telefónicos amedrentándola psicológicamente".
Ante esa situación, Yañez fue interrogada si deseaba "instar la acción penal", a lo que respondió "que a raíz de lo ocurrido, sí deseaba hacerlo".
Por otra parte, la denunciante dijo que "la custodia policial que se le había asignado era una 'persona de confianza' de la custodia del denunciado y solicitó al juzgado que se dispongan medidas de protección en su favor que incluyan la prohibición de acercamiento de su presunto agresor tanto personal como por medios electrónicos".
Por lo expuesto, la Justicia resolvió que el exmandatario tiene prohibida la salida de Argentina y "que se impondrá a Alberto Ángel Fernández la prohibición de acercamiento a una distancia inferior a los quinientos (500) metros de la denunciante Fabiola Andrea Yañez, y de su domicilio sito en la ciudad de Madrid, del Reino de España, o en cualquier otro lugar en el que se encuentre la nombrada, desempeñe actividades laborales, educativas, recreativas o de asidua concurrencia, y de contacto absoluto con aquélla a través de cualquier vía; medida que rige desde la fecha y hasta tanto dure la tramitación de la presente causa y/o se disponga lo contrario".