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Una nena que fue abusada por su padre pidió abortar y fue captada por un grupo provida

La víctima de abuso y su madre solicitaron una Interrupción Voluntaria del Embarazo. En el caso interviene el Ministerio Público de la Acusación y la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. Cuáles son los derechos que tiene y el tiempo 

Redacción
04/01/2023 13:16
La menor se encuentra bajo la tutela del Estado.
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Una niña de 12 años que pidió abortar luego de denunciar que sufrió reiterados abusos por parte de su padre, permaneció desaparecida durante más de 24 horas, tras no presentarse al Hospital Iturraspe para la interrupción voluntaria del embarazo. Tras un requerimiento fiscal, desde Grávida -una organización provida católica- confirmaron que la menor y su madre estaban en la sede que tienen en el centro de Santa Fe.

La nena, es de una localidad ubicada a 122 kilómetros de la capital provincial, por lo que debían trasladarse hasta la ciudad de Santa Fe especialmente para acceder a la práctica. 

Fuentes judiciales añadieron que funcionarios de la Secretaría de Niñez, de los ministerios de Salud y de Igualdad, Género y Diversidad analizan la situación y posibles acciones a realizar en torno al caso junto a sus pares del Ministerio Público de la Acusación.

Imagen Ilustrativa.

El imputado es su padre

En diciembre pasado, la madre llevó a la niña a un control médico, durante el cual se descubrió que estaba en curso la gestación. Tras eso, la chica le contó a su madre que su padre había abusado de ella en reiteradas ocasiones.

Tras la denuncia, el MPA ordenó la captura del hombre, de 42 años y que tiene antecedentes por violencia de género, algo que se concretó en las últimas horas en la ciudad santafecina de Recreo.

En una audiencia fijada para este miércoles, la fiscal Alejandra Del Río Ayala, de la Unidad Especial de Género, Familiar y Sexual (Gefas), imputará al acusado, por el delito de abuso sexual agravado.

Cautiva en un sanatorio

La nena expresó su voluntad de ser sometida a la interrupción del embarazo y su madre la apoyó en la decisión, por lo que se resolvió que la intervención se realizaría en el hospital Iturraspe, de la ciudad de Santa Fe, el lunes. Sin embargo, la nena y su mamá no se presentaron, por lo que la Justicia inició una investigación para dar con sus paraderos.

Voceros de esa investigación establecieron que madre e hija fueron contactadas durante el fin de semana por integrantes de la asociación civil Grávida, que intentaron convencerla para que no abortara.

La información fue confirmada por voceros de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia de Santa Fe, que interviene en el caso.

Imagen Ilustrativa.

Marco legal: cuáles son los derechos que tiene la persona 

a) Decidir la interrupción del embarazo de conformidad con lo establecido en la ley;
b) Requerir y acceder a la atención de la interrupción del embarazo en los servicios del sistema de salud, de conformidad con lo establecido en la ley;
c) Requerir y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud, sin perjuicio de que la decisión de abortar hubiera sido contraria a los casos legalmente habilitados de conformidad con la ley;
d) Prevenir los embarazos no intencionales mediante el acceso a información, educación sexual integral y a métodos anticonceptivos eficaces.

PLAZOS

La ley garantiza:

El derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional.
El derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria del embarazo a partir de la semana 15 del proceso gestacional en las siguientes situaciones:

-Si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente. En los casos de personas menores de 13 años de edad, la declaración jurada no será requerida.
-Si estuviera en peligro la vida o la salud de la persona gestante.

CONSENTIMIENTO INFORMADO

La ley establece que previo a la realización de la interrupción voluntaria del embarazo se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito. Nadie puede ser sustituido en el ejercicio personal de este derecho.

En el caso de personas menores de edad, la solicitud de la interrupción voluntaria del embarazo deberá ser efectuada de la siguiente manera:

a) Las personas mayores de dieciséis (16) años de edad tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento a fin de ejercer los derechos que otorga la ley.
b) En los casos de personas menores de dieciséis (16) años de edad, se requerirá su consentimiento informado en los términos del artículo 7º de la Ley.

La ley establece que el o la profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia con las condiciones que estipula la ley. Además, que el personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable.

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