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La Corte Suprema cerró el reclamo por tierras en San Rafael: el gobernador destacó el fallo en redes

El máximo tribunal desestimó el pedido del grupo Lof El Sosneado y puso fin a una disputa por 3500 hectáreas en el sur mendocino. El gobernador de Mendoza celebró la decisión en X

Redacción
22/04/2025 17:33
El grupo había sido incluido provisoriamente en el registro del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) durante la gestión del expresidente Alberto Fernández

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso presentado por el grupo identificado como Lof El Sosneado, que reclamaba la posesión de 3500 hectáreas en el sur de Mendoza, en el departamento de San Rafael, argumentando una supuesta ocupación ancestral del territorio.

La decisión judicial, que ratifica fallos anteriores y descarta el reconocimiento del grupo como comunidad indígena, fue celebrada públicamente por el gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, quien se expresó a través de su cuenta en la red social X (ex Twitter).

"Se cierra un capítulo marcado por arbitrariedades y se reafirma la vigencia del Estado de derecho", escribió el mandatario provincial, subrayando que el fallo "confirma lo que ya indicaban los antecedentes históricos: esta comunidad no tiene raíces ni posesión ancestral en nuestra provincia ni en el país".

El conflicto y su resolución

El grupo había sido incluido provisoriamente en el registro del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) durante la gestión del expresidente Alberto Fernández, lo que desató una fuerte controversia en la provincia. Propietarios de las tierras iniciaron acciones legales al considerar que se trataba de un intento ilegítimo de apropiación sin fundamentos históricos, culturales ni jurídicos.

El litigio escaló hasta llegar al máximo tribunal, que finalmente rechazó el recurso extraordinario, dejando firme la sentencia que había invalidado la pretensión del grupo.

Implicancias políticas y jurídicas

Desde el gobierno provincial se destacó que el fallo pone fin a un proceso “absurdo” iniciado bajo parámetros que, según indicaron, “desvirtuaban los criterios serios para el reconocimiento de comunidades originarias”. El gobernador remarcó también que esta decisión no contradice la protección a pueblos originarios verdaderos, sino que evita la utilización arbitraria de ese estatus con fines de ocupación indebida.

“Vamos a seguir protegiendo a las comunidades originarias auténticas, pero sin permitir abusos que desvirtúen sus derechos”, afirmó Cornejo en su publicación.

Un antecedente nacional

El caso podría tener repercusiones en otros puntos del país donde se desarrollan conflictos similares. La resolución de la Corte reafirma que los reclamos territoriales deben estar fundamentados en pruebas concretas, tanto desde el punto de vista jurídico como histórico.

Con este fallo, se cierra uno de los capítulos judiciales más debatidos de los últimos años en Mendoza, marcando un precedente importante en la relación entre el derecho indígena y la propiedad privada en el marco del Estado de derecho.

 

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