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Fin de Año: solo hubo cuatro heridos por pirotecnia

En los festejos de Año Nuevo, no hubo que lamentar muertes por incidentes. Se registraron cuatro heridos por uso de pirotecnia 

Redacción
01/01/2023 12:26
Imagen Ilustrativa.
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El balance de los operativos realizados por el Ministerio de Seguridad de Mendoza en la última noche del 2022, es los festejos de Año Nuevo no dejaron muertos que lamentar, y unos pocos heridos: cuatro por uso de pirotecnia -elementos que están prohibidos- y tres en incidentes viales.
El personal policial que actuó en los distintos operativos realizados en la provincia, hizo un total de 242 actas de infracciones y hubo 19 aprehendidos. Respecto a los controles de alcoholemia, de 81 intervenciones, donde en 25 de ellas se había superado los 0,5 gramos por litro de sangre, y 16 excedieron el límite de 1 gramo.

Los números de infracciones en los controles

-Total Actas: 242
-Concursos: 19
-Gravísimas: 47
-Graves: 03
-Leves: 173
-Licencias retenidas 33
-Vehículos controlados: 290
-Vehículos retenidos: 36
-Motos Controladas: 68
-Motos Retenidas: 10 + (11 TM Las Heras)
-Camiones Retenidos: 00
-Personas controladas: 145
Control de Alcoholemias: Sobre 83 actuaciones: se labraron 41 actas. 25 de ellas derivadas al juez vial (+0,5gr/l); y 16 al juez contravencional (+1gr/l)

Imagen Ilustrativa.

-Actas por Velocidad: 00
-Actas por autopartes: 00
-Actas por exceso de pasajeros: 02
-Biométricos 119
-Actas RTO: 07
-Aprehendidos: 19
-Siniestros sin lesionados: 10
-Siniestros con lesionados: 1
-Heridos en siniestros: 03
-Fallecidos en siniestros viales en el lugar: 00

Imagen Ilustrativa.

Desde el 20202, Mendoza adhiere a la prohibición en la venta y el uso de pirotecnia. La medida se aplica en todos los departamentos del territorio provincial, salvo Tupungato, que es el único que está habilitado para el uso de pirotecnia lumínica, llamada pirotecnia fría, exclusiva de eventos a un alto costo.

Los valores de las multas para quienes incumplan la ordenanza de los municipios por la ley tributaria 9355/22 son: por infracción a la ley 6954, de $27.570 a $45.750 pesos; reincidencia infracción a la ley 6954, de $55.140 a $91.520 pesos, e infracción al artículo 3° de la ley 6954, $137.300.

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