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Aprobaron proyectos del plan de Salud presentado por Cornejo

La iniciativa del Poder Ejecutivo forma parte del paquete de leyes remitido por el gobierno de la provincia, que conforman el Plan Provincial de Salud 2024-2030.

Redacción
13/03/2024 20:32
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La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo que propone la Planificación Estratégica para la Salud, estableciendo entre otros conceptos, la obligación de las autoridades del Ministerio de Salud y Deportes, de presentar planes estratégicos para la salud pública provincial, con un horizonte temporal de cuatro años.

Dichos planes se someterán a un “proceso transparente, participativo y serán esenciales para la gestión eficaz del Ministerio”, en tanto que para ello la autoridad sanitaria deberá dictar un reglamento de elaboración, aprobación y seguimiento del procedimiento de planificación estratégica para la salud.

Serán presentados ante el Poder Ejecutivo, Legislativo y a la comunidad en general para su análisis y debate, fomentando “la revisión por parte de otras organizaciones interesadas en el sector de la salud”, según consta en el articulado.

De acuerdo a los fundamentos de este proyecto remitido en revisión por el Senado, el Ministerio tiene como obligación “el diseño, coordinación, implementación y evaluación de las políticas públicas en salud, destinadas a fomentar y fortalecer el Sistema Sanitario de la provincia de Mendoza”. Ello involucra al sector público, privado y el accionar de las obras sociales en el territorio provincial.

En ese sentido, la fundamentación destaca que “el objetivo de un plan estratégico es ser el mapa de navegación para dar cumplimiento al compromiso que tiene la provincia de proteger la dignidad de las personas, garantizar el derecho a la salud, el acceso a los servicios y asegurar que se brinde una atención integral, oportuna y de calidad a todas las personas, con el fin de contribuir al ejercicio pleno de su derecho a la protección de la salud”.

Principios rectores

Las bases sobre las que deberán desarrollarse las estrategias, teniendo a la salud pública como derecho humano fundamental, son la solidaridad, la equidad y universalidad, lo que implica “que el sistema de salud debe basarse en mecanismos solidarios de financiación y que la atención médica de las personas no puede depender de su capacidad adquisitiva, con priorización de los sectores más vulnerables”.

Asimismo, el respeto por la persona humana; esto es, que la planificación “debe ser respetuosa con los principios en que se sustenta nuestra sociedad plural, promoviendo la autonomía personal y el respeto a los valores y preferencias de cada una de las personas. Se debe garantizar la humanización en el trato, lo que se materializa en el derecho a consentir o desestimar las actuaciones preventivas o asistenciales que se proponen. También a promover un especial respeto con las personas humanas que forman parte de colectivos más vulnerables como son los niños, las personas que sufren problemas de salud mental, deterioro cognitivo, las que tienen algún tipo de discapacidad o grado de dependencia, o las que se encuentran en la última etapa de la vida”.

De igual forma, la gobernabilidad. Esto implica que, a través de sus líneas estratégicas, el plan “debe contribuir con la gobernabilidad del Sistema de Salud y la coordinación entre subsectores”.

Otro de los principios rectores es el empoderamiento a las personas humanas para mejorar el autocuidado. “Desde una perspectiva amplia, tanto los ciudadanos, como las administraciones tienen que fomentar la responsabilidad sobre el propio cuerpo y de la propia salud, adquiriendo y manteniendo hábitos saludables”.

Planes estratégicos

Contendrán, “pero no se limitarán”, al análisis del entorno. Es decir, “de los elementos cambiantes de la organización (características de la población, causas de morbi-mortalidad en la Provincia, situación de efectores privados y de la seguridad social, entre otros), como así también al análisis interno: el “conocimiento cuantitativo y cualitativo de la organización y el funcionamiento de la misma, así como también del análisis cultural del Ministerio”.

En otro orden, la identificación de los principales problemas del Sistema de Salud Provincial y la definición de Objetivos Estratégicos: “identificados los problemas en orden de prioridad, proponiendo acciones alternativas de posible realización que tengan por objetivo la corrección de los mismos. En esta etapa podemos distinguir las siguientes fases: Diagnóstico Estratégico; Problemas prioritarios; Líneas estratégicas (cualitativas)”.

Finalmente, esta Ley dispone que la Planificación que se realice deberá garantizar la transparencia en su implementación, por lo que se deberá presentar informe anual de avances.

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