La AFIP extendió hasta fines de septiembre la suspensión de los embargos para las pymes y del inicio de ejecuciones fiscales y las medidas referidas a los planes de facilidades de pago para deudores. Todo sucede en un contexto en el que la recaudación cae en términos reales desde marzo pasado debido a la cuarentena total dispuesta por el avance del coronavirus.
Las medidas están previstas en las Resoluciones Generales 4802 y 4806 publicadas hoy en el Boletín Oficial. Por un lado, el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont prorrogó durante un mes la suspensión de los embargos para las pymes y extendió la decisión de no iniciar ejecuciones fiscales.
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Por el otro, respecto de los planes de facilidades de pago, en primer lugar extendió los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la “adhesión temprana” a planes permanentes, informó el organismo recaudador en un comunicado.
Sobre las condiciones para regularizar obligaciones, estableció que no se considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) de las personas humanas que tramiten planes para regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales. “Esto garantiza la posibilidad de regularizar dichas obligaciones en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25% sin que los contribuyentes se vean condicionados por su perfil de riesgo”, añade el texto.
Además, respecto del régimen de facilidades de pago de planes caducos, prolongó la adhesión al nuevo régimen de facilidades de pago que permite regularizar las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social provenientes de planes caducos. La medida alcanza a empresas, monotributistas y autónomos.
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La semana pasada, la AFIP extendió el reintegro del 15% para compras con tarjeta de débito hasta el 31 diciembre, en lugar de vencer este mes. De esta forma, este beneficio que alcanza a jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo así como a los titulares de la AUH (Asignación Universal por Hijo) y AUE (Asignación Universal por Embarazo) 7 millones de beneficiarios seguirán percibiendo esta devolución de los consumos con tarjeta de débito.
A través de la Resolución General N°4797/2020 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos oficializó que el reintegro con un tope de $700 mensuales por beneficiario y para los titulares de la AUH con dos o más hijos el monto máximo de devolución asciende a $1400 por mes se extiende hasta el 31 de diciembre de 2020.
Asimismo, hasta el 3 de septiembre estará abierta la inscripción a la quinta etapa del programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) de agosto. Para registrarse, las empresas deberán ingresar con clave fiscal en el sitio web del organismo (www.afip.gob.ar). “Los trabajadores y trabajadores de aquellas empresas que hubieran registrado una caída nominal en su facturación entre los meses de julio de 2020 y 2019 accederán al salario complementario”, informaron en el comunicado.Fuente: La Nación