Buenas noticias para quienes quieran ahorrar en divisas extranjeras. El día jueves 23 de mayo el Banco Central de la República Argentina, a través del comunicado A8027 sorprendió al anunciar que se retiran las medidas impuestas en el 2020, durante el contexto de pandemia.
En la resolución comunicaron: “Disponer que para la apertura y el funcionamiento de la caja de ahorros en moneda extranjera serán de aplicación las disposiciones relativas a la caja de ahorros en pesos contenidas en el punto 1.4. de las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales"".
Así mismo remarcaron que: "Apertura y funcionamiento de cuentas. Recaudos. La apertura de una caja de ahorros no podrá estar condicionada a la adquisición de ningún otro producto y/o servicio financiero ni integrar ningún paquete multiproducto." Esto asegura que el cliente tenga la libertad de elegir y no se vea obligado a adquirir algo que no desea para cumplir con ciertas condiciones.
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También advirtieron a las entidades financieras que deberán tomar todos los recaudos necesarios "tanto en la apertura como posteriormente durante su utilización, dirigidos a evitar que estas cuentas sean utilizadas en actividades ilícitas."
Esta medida tiene la intención de equiparar las cajas de ahorro de la divisa americana con las cajas de ahorro de la moneda nacional, para ello las entidades financieras deberán verificar "la antigüedad de la cuenta, su movimiento, permanencia de las imposiciones y todo otro recaudo que la práctica haga aconsejable, sin llegar a perjudicar los legítimos intereses de los clientes que actúan honestamente”. De la misma forma aplicará para la adquisición de cajas de ahorros en euros y yuanes.
Este comunicado deroga al anterior A7105, que establecía: “con carácter previo a la apertura de una caja de ahorros en moneda extranjera –excepto que se solicite para acreditar transferencias que provengan del exterior– las entidades financieras deberán obtener evidencia de la que surja que el cliente posee ingresos y/o activos consistentes con el ahorro en moneda extranjera”.
También quedaban excluidas personas que percibieran "algún plan o programa caracterizado como de ayuda social –incluyendo los subsidios de carácter alimentario".