El Plan de Pago de Deuda Previsional permite acceder al derecho a una jubilación a personas que necesitan regularizar su deuda de aportes previsionales.
¿Quiénes pueden acceder?
Personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria y que no cuentan con los 30 años de aportes requeridos.
Mujeres de 60 años o más.
varones de 65 años o más.
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¿Qué períodos podés regularizar?
Se pueden completar períodos de aportes faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive, que se descontarán mensualmente de tu jubilación
El Plan de Pago de Deuda Previsional es incompatible con otras moratorias previsionales que no se hayan saldado antes del 31 de diciembre de 2021.
¿Cómo realizar el trámite?
Accedé al Plan de Pago de Deuda Previsional en 3 simples pasos.
Paso 1
Sacá turno
Solicitá un turno para ser atendido en una de nuestras oficinas
Paso 2
Presentate en ANSES
El día del turno vamos a actualizar y acreditar tus datos personales. Además, vamos a realizar una evaluación socioeconómica sobre tus ingresos, gastos y patrimonio. En función de este resultado y según la cantidad de períodos de deuda que debas cancelar, una trabajadora o trabajador de ANSES te va a explicar a qué tipo de Plan de Pago vas a poder adherir. Si estás de acuerdo, vas a poder aceptarlo y, a partir de ahí, comenzaremos los procesos administrativos necesarios para que puedas acceder a tu jubilación.
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Paso 3
Tu jubilación ya fue otorgada
Te vamos a notificar que tu jubilación ya fue otorgada a través de SMS o correo electrónico. También vas a tener la posibilidad de consultar a través de mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social el estado de tu trámite.
Una vez que te hayamos notificado, vas a poder visualizar tu fecha y lugar de cobro en mi ANSES.
¿Qué podés hacer antes de que llegue el día del turno?
En caso de que tengas certificaciones de servicio de actividades laborales que hayas realizado, recordá traerlas.
Si sos mujer y tenés hijas y/o hijos, revisá que tus vínculos familiares estén actualizados y acreditados en mi ANSES. En caso de que no los tengas actualizados, el día del turno vas a tener que traer tu DNI y las partidas de nacimiento de cada una de tus hijas e hijos para poder computar los períodos de aportes por Tareas de Cuidado.
Personas que aún no alcanzaron la edad jubilatoria (Próximamente)
Mujeres de entre 50 y 59 años y varones de entre 55 y 64 años que ya saben que, al cumplir la edad para jubilarse, no contarán con los 30 años de aportes requeridos.
¿Qué períodos podrán regularizar?
Podrán regularizar períodos faltantes hasta el 31 de marzo de 2012 inclusive.
Las personas podrán identificar los períodos de aportes a regularizar y cancelarlos de acuerdo a sus posibilidades.