La audiencia por estupro agravado contra Juan Darthés comenzó este martes a las 14:15 y la defensa del actor, intentó anteriormente dilatar y postergar el juicio. El magistrado no aceptó las dilaciones, pero si la mayoría de los pedidos procesales de los abogados del actor. Los planteos de la defensa se extendieron y la audiencia recién comenzó a las 16:30. El testimonio de Thelma Fardín se extendió -casi hasta las 20:30- durante cuatro horas. En principio dio su testimonio y, después el defensor de Darthés le realizó algunas preguntas.
"No quiero que le pase a la hija de nadie lo que me pasó a mí", le dijo Fardin al juez brasileño. Ella declaró que, en Managua, el actor, que en ese momento tenía 45 años, la beso en el cuello y le dijo “mira como me pones”, cuando ella tenía 16 años.
"Él era quien tenía que evitar hacerlo, no yo quien tenía que evitar que lo hiciera", remarcó, angustiada y demostró que él fue el único culpable. Luego, dejó en claro: "No me correspondía a mi frenarlo, él era el que tenía que frenar cuando le dije no”.
La jornada se extendió más de lo previsto y no pudieron declarar otros testigos. Por eso, los que estaban citados para el 30 de noviembre van a declarar el 1 de diciembre. Y la mayoría de quienes estaban convocados para hoy fueron postergados hasta nuevo aviso. Una posibilidad es que la próxima audiencia sea convocada para enero.
En el caso de Dignity (Calu Rivero) se realizará una excepción ya que su testimonio es crucial para la causa. De esta manera, sí va a declarar porque ella está trabajando en Milán y se generó un espacio para que pueda declarar en el consulado argentino en Roma. Por ese motivo, a pesar que las otras convocadas a declarar el 1 de diciembre, fueron pospuestas, se armó un esquema diplomático y judicial en Italia para que pueda declarar.
Por otro lado, Anita Co no va a poder declarar a pesar de la expectativa que tenía por haber sido denunciada por Juan Darthés y sobreseída por la justicia. Sin embargo, su testimonio –que fue fundamental para que Thelma Fardín decidiera hacer su denuncia porque relató una escena muy similar a la que ella vivió en Nicaragua- se prorrogó.
Todavía no hay fecha confirmada para la nueva audiencia, pero lo más probable es que sea convocada para enero. La resolución judicial (que puede ser absolución o sentencia) no tiene fecha prevista pero podría darse entre enero y febrero del 2022. La defensa intentó estirar los plazos, a pesar que siempre dijeron que si no se presentaba a la justicia era porque no confiaba en el sistema judicial nicaragüense.
La causa no puede tener publicidad por un concepto legal brasileño que es el sigilo (creado para proteger a las víctimas de violencia sexual) y, como fue iniciada de oficio por un fiscal brasileño, ni Thelma Fardin, ni su abogado, Martín Arias Duval van a poder presenciar el resto de las audiencias, ya que no son querellantes en Brasil.
El victimario, Juan Darthés, aún no pidió declarar. No estaba previsto y no se sabe si lo pedirá aunque tiene el derecho de hacerlo. Él pudo escuchar el testimonio de Thelma Fardín pero no solicitó dar su versión de los hechos. Solo se mantuvo al lado del abogado que intentó generar la idea de que se trata de una fantasía de la actriz.
El Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad presentó un escrito para poder presenciar las audiencias. El magistrado rechazó el pedido y expresó que no se necesitaba la intervención de otros organismos para preservar los derechos de la víctima. A pesar de eso, las preguntas de la defensa fueron permitidas y Thelma Fardín -aún con llanto, la voz marcada por la angustia y, en algunas ocasiones, sin aire- contestó todos los interrogantes que le hicieron.
Ella se retiró a las 20:42 del lugar de la declaración, vía virtual, desde Buenos Aires, la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), de la Procuración General de la Nación, donde se habilitó una sala de audiencias por zoom.
El interrogatorio sobre la víctima fue muy fuerte para ella. En todo momento le dijo al juez que quería hablar y terminar de declarar. El magistrado permitió todo tipo de preguntas sobre la víctima. Sin embargo, la defensa de Darthés demostró un nivel de misoginia elevado. Casi todas las preguntas la cuestionaban por no haberse podido defender a los 16 años cuando era adolescente. Fardín contestó que "él tenía que evitar hacerlo y no ella evitar que él lo hiciera"
Thelma remarcó que él era un adulto y ella casi una niña que lo conocía desde los 14 años, cuando entró a “Patito Feo” y que los hechos sucedieron en la última escala de la gira de la obra teatral, en Nicaragua, cuando tenía 16 años. Pero además que él era un actor famoso, conocido y con poder y ella una adolescente que había sido actriz juvenil en una serie que había llegado a su fin.
Además, confesó que después de la gira tuvo stress, neuralgia y una depresión que la llevó a quedarse acostada en el sillón de su casa durante mucho tiempo. Le repreguntaron porque dijo que había sido feliz en “Patito Feo” y ella contestó que sí había sido feliz en la serie, pero que la denuncia se basa en el último día de la gira centroamericana.
La estrategia de la defensa fue cuestionarla por no pedir ayuda, por no denunciar antes y por hacer pública su denuncia. Cabe destacar que las leyes sobre abuso sexual cambiaron del 2009 al presente y en el 2015 se sancionó la la Ley Nº 27.206, de Respeto a los tiempos de las víctimas de delitos contra la integridad sexual que considera, a partir de ese momento, la imprescriptibilidad de los delitos de violencia sexual porque una víctima puede tardar en denunciar y eso no quita validez a los hechos.
El juez brasileño aceptó los fundamentos de un caso con intervención de Nicaragua, Argentina y Brasil. También revalidó la jurisdicción para realizar el juicio contra Darthés que en Argentina dijo que quería estar a derecho, judicializó a Dignity (Calu Rivero) y Anita Co y no aceptó ir a Nicaragua a donde está imputado por violación agravada y tiene una orden de captura de Interpol.
Juan Darthés está acusado de estupro agravado. El artículo 213 del Código Penal brasileño dice que esta figura implica “Obligar a alguien mediante violencia o grave amenaza a tener relaciones carnales o a practicar o a permitir que con ella se practique otro acto libidinoso”.
La violencia puede ser física o psicológica. Y si la víctima era menor de 18 años en el momento de los hechos la pena puede ir de 8 a 12 años. El artículo 22 contempla que la pena se puede aumentar si autor tenía autoridad sobre la víctima.