(Anmat) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional un aceite de oliva extra virgen por carecer de registros sanitarios.
La medida fue comunicada por la Anmat en la disposición 7488/2022 publicada en el Boletín Oficial.
. Se trata del "Aceite de Oliva Virgen Extra. Marca: Tataglia. Contenido neto: 2 litros., RNE -En trámite-, RNPA -En trámite-”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento".
La investigación de la Anmat surgió a raíz de una notificación de la Dirección de Bromatología de la provincia de Tucumán que a partir de un particular constató la comercialización del producto en plataformas de venta en línea.
El rótulo del producto informaba que era proveniente del departamento de San Martín, Mendoza, pero desde el Departamento de Higiene de los alimentos de dicha provincia no se encontró ningún RNPA con marca o nombre de fantasía "Tataglia". Al no poseer números registrados de RNPA ni de RNE, se lo consideró inexistente por lo tanto "ilegal".
"Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República", sentenció la Anmat.
Con el objetivo de "proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad y su inocuidad", se prohíbe su elaboración y distribución en la Arg