La Municipalidad esta semana un relevamiento para identificar los establecimientos que aún no se ajustan a la medida.
Desde el lunes 1 de febrero, las playas de estacionamiento de la Ciudad de Mendoza deben ofrecer espacios para la guarda de bicicletas. Así fue establecido en la Ordenanza n.º 4018, sancionada en octubre de 2020. La medida entró en vigencia el 1 de enero, pero el municipio otorgó una prórroga de un mes para que los establecimientos que aún no se hubieran adecuado pudieran hacerlo.
Tras el vencimiento de la extensión concedida, la comuna inició ayer un relevamiento para conocer el nivel de cumplimiento de la norma. El sondeo culminará este viernes y se realizará en las 230 playas de Capital. El objetivo es notificar a los comercios que no se hayan ajustado a lo dispuesto y emplazarlos a efectuar las obras correspondientes en los próximos 30 días. Además, se buscará constatar que no se les cobre a los ciclistas más del 25% de la tarifa que deben abonar los conductores de vehículos.
Por otra parte, la Municipalidad les aplicará sanciones a los establecimientos que no respeten la ordenanza. Estas pueden imputarse por tres motivos: no contar con espacios para bicicletas, no cobrar lo previsto o no exhibir la cartelería que indica la disponibilidad de lugar y las tarifas.
Quiénes deben ofrecer el servicio
La ordenanza debe ser acatada sin excepción por todas aquellas playas que cuenten con más de 20 plazas vehiculares —para el resto, la implementación es opcional—. La cantidad de espacios que deberán habilitar para bicicletas variará según sus dimensiones. A continuación, se detallarán los requerimientos:
- Playas con entre 21 y 50 plazas vehiculares: 5 lugares de estacionamiento para bicicletas.
- Playas con entre 51 y 100 plazas vehiculares: 10 lugares de estacionamiento para bicicletas.
- Playas con más de 101 plazas vehiculares: 15 lugares de estacionamiento para bicicletas.
Los establecimientos pueden gozar de los siguientes beneficios
- Bono fiscal para aquellos que acrediten una inversión en infraestructura para la guarda de bicicletas.
- Exención en los aforos y la tasa de actuación municipal para aquellos que inicien los trámites de adecuación a la ordenanza.
- Descuento del 10% en los derechos de comercio para aquellos que incorporen bicicleteros o ya cuenten con ellos.
En lo referente al bono fiscal, el decreto establece:
Los titulares de playas de estacionamiento deberán acreditar inversión en infraestructura para la guarda de bicicletas, por hasta los valores siguientes:
– Hasta 50 plazas vehiculares: Hasta la suma de Pesos cinco mil ($5.000,00) como crédito sobre los derechos de inspección y control de seguridad, higiene, salubridad y moralidad pública, en comercios, industrias y actividades civiles.
– 51 a 100 plazas vehiculares – Hasta la suma de Pesos diez mil ($10.000,00) como crédito sobre los derechos de inspección y control de seguridad, higiene, salubridad y moralidad pública, en comercios, industrias y actividades civiles.
– Más de 101 plazas vehiculares – Hasta la suma de Pesos quince mil ($15.000,00) como crédito sobre los derechos de inspección y control de seguridad, higiene, salubridad y moralidad pública, en comercios, industrias y actividades civiles.
Requisitos para la obtención del bono fiscal:
-Ser persona humana o jurídica contribuyente según la Ordenanza Nº 3866/14 con el número 3.15.9 de usos de suelo, ubicadas en el ámbito de la Ciudad de Mendoza.
-Poseer libre deuda de tasas municipales y que acredite la adquisición de insumos, activos fijos u obras de infraestructura necesarias para realizar la inversión con domicilio en la Ciudad de Mendoza.
Etapas para la obtención del crédito fiscal:
1) Presentar a través del mail [email protected], las facturas, factura-recibo o ticket-factura que respalde las inversiones realizadas a nombre del contribuyente y que estén realizadas en negocios o a través de emprendedores y/o unidades de la economía social con domicilio en la Ciudad de Mendoza. Este trámite no tendrá ningún costo en concepto de aforo ni sellado, según lo prevé el artículo 5º de la Ordenanza 4018.
2) Se verificará que el postulante cumpla los requisitos y acredite veracidad de los documentos presentados por el Departamento de Control Interno.
3) Deberá poseer certificación de obra realizada con intervención de la Dirección de Obras Privadas.
Cumplidos los requisitos establecidos, se generará la acreditación correspondiente según la inversión efectuada, como crédito fiscal en su cuenta de comercio para el pago de sus obligaciones de derechos de inspección y control de seguridad, higiene, salubridad y moralidad pública, en comercios, industrias y actividades civiles.
Por otra parte, el monto de las inversiones se computará neto de I.V.A., en el caso que el postulante revista la calidad de responsable inscripto en dicho impuesto.
La Secretaría de Hacienda de la Ciudad de Mendoza será responsable de evaluar, asignar y determinar el monto de los créditos fiscales hasta las sumas previstas. También, podrá requerir a los postulantes toda otra información complementaria y/o aclaraciones que estime necesarias a fin de su otorgamiento.
Cabe destacar que las playas no están obligadas a proveer los elementos de seguridad (cadenas, candados o similares) para las bicicletas y los accesorios. Los ciclistas serán quienes deban llevarlos consigo para resguardar sus bienes. Además, son los responsables exclusivos de su funcionamiento.