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Por la pandemia prorrogan por un año la antigüedad para taxis, remis y transporte privado en Mendoza

03/12/2020 07:48
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El Gobierno provincial prorrogó por un año los vencimientos de servicios de transporte para los permisionarios cuyas unidades han alcanzado o se encuentran próximas a alcanzar la antigüedad máxima permitida. La medida se adoptó ante la caída de la actividad como consecuencia de la pandemia de coronavirus

A través del Decreto Nº 1.545, publicado en el Boletín Oficial, autorizó a los permisionarios de los servicios de transporte de pasajeros contemplados en la Ley N° 9086 cuyos vehículos hayan alcanzado o alcancen la antigüedad máxima permitida durante el año 2020, a mantener dichos vehículos en servicio por el término de 12 meses, a contar desde la fecha en que el vehículo alcanzó el máximo de su antigüedad según el acto administrativo que lo habilitó.

Incluye taxis, remis y servicio de transporte privado a través de plataformas electrónicas y se aclara que quedan exceptuados los prestadores del servicio regular urbano y de media y larga distancia mediante ómnibus.

El vencimiento se extenderá por un año pero los vehículos deberán efectuar todos los controles técnicos correspondientes. 

La disposición establece también que los permisionarios de los servicios contratado general y transporte escolar, en aquellos casos en que los vencimientos de las antigüedades de los vehículos afectados a los servicios operen desde el 1 de enero del año 2020 hasta el 31 de diciembre del año 2022, podrán afectar en renovación vehículos de hasta 15 años de antigüedad.

La Ley N° 9086 dispone que la antigüedad máxima permitida para los vehículos afectados al servicio de Taxi será de 8 años y si el permisionario procediese a convertir el automotor a Gas Natural Comprimido u otra tecnología equivalente que reduzca la contaminación ambiental, la antigüedad permitida se extenderá a 10 años , mientras que para los vehículos afectados al servicio de remis antigüedad máxima permitida será de 5 años y si el permisionario procediese a convertir el automotor a GNC u otra tecnología equivalente, la antigüedad permitida se extenderá a 6 años.

Asimismo, para los vehículos afectados al servicio de transporte privado a través de plataformas electrónicas la antigüedad máxima es de 5 años desde su primera registración, salvo que se trate de vehículos eléctricos, los cuales podrán tener una antigüedad de hasta 10 años.

Para el servicio de transporte público y privado de pasajeros, no podrán tener una antigüedad mayor de 10 años, disponiendo seguidamente que la antigüedad se podrá ampliar por vía reglamentaria para aquellos servicios que tengan un fin de fomento, servicios de turismo aventura 4×4 y servicios rurales, con el límite máximo de hasta 20 años, en cuyo caso el plazo de Revisión Técnica Vehicular se reducirá a efecto de un control más intensivo, conforme disponga la normativa reglamentaria.

Por último, los vehículos que se afecten al transporte de servicio escolar y servicio contratado en los casos de los vencimientos de las antigüedades que operen desde el 01 de enero del año 2.020 hasta el 31 de diciembre del año 2.021, podrán afectar vehículos de hasta 15 años de antigüedad.

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