La iniciativa que plantea que quienes tengan una condena en primera instancia no puedan ser candidatos, volvió a la Cámara Baja, ya que los senadores incorporaron otros delitos para darle mayor amplitud a los condicionantes.
El proyecto de “Ficha Limpia” que apunta a evitar que quienes tengan una condena en primera instancia puedan acceder a cargos electivos, es una propuesta que viene analizándose hace varias semanas luego de que Diputados la aprobara a mediados de septiembre. Fue la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) quien emitió dos despachos, uno en mayoría y otro en minoría, y se acordó en conjunto con la oposición, la incorporación de otros delitos para darle mayor amplitud a los condicionantes. Así fue que estos despachos llegaron al recinto de sesiones para darle aprobación.
Las propuestas fueron impulsadas por la diputada María José Sanz y el diputado José Orts, referidas a introducir modificaciones a la Ley 4746, Orgánica de Partidos Políticos. Además, se incorporó al articulado el texto de otra iniciativa promovida por el diputado del PRO Gustavo Cairo, que modifica a Ley de Ética Pública.
Se aprobó por votos 36 afirmativos, uno negativo y una abstención por lo que vuelve a la Cámara de Diputados en segunda revisión.
El debate
Durante su tratamiento en el Senado, la legisladora Mercedes Rus fue quien brindó detalles en cuanto a la propuesta en tratamiento. «Se trata de una auténtica política pública estatal. Sirve para fortalecer las instituciones democráticas y luchar contra el flagelo de la corrupción. Cuando hablamos de delitos de corrupción, hablamos de malversación de fondos, entre otros. Esto siempre termina repercutiendo en las familias más necesitadas», remarcó.
Rus además enfatizó que «Ficha Limpia” cuenta con el apoyo de ciudadanos y ciudadanas que a través de un Movimiento nacional han impulsado la propuesta recolectando firmas a través de la plataforma Change.org. Hasta el momento, se han sumado más de 380.000 firmas dándole aval a esta iniciativa que haría que Mendoza haga punta en la lucha contra la corrupción.
Rus anticipó que esta iniciativa es una «deuda» con la sociedad y pidió que los senadores acompañen la misma.
Por su parte, Lautaro Jiménez anunció que no acompañarán la propuesta de Ficha Limpia y fundamentó su postura.
En tanto, el senador Marcelo Romano se manifestó a favor de la propuesta pero denunció la falta de transparencia en el actual Gobierno y en la gestión anterior de Alfredo Cornejo.
El senador Alejandro Abraham expresó la propuesta que viene de Diputados tiene como finalidad evitar hechos de corrupción. «Es cuando más se nos debe exigir, cuando nos toque ocupar cargos públicos debemos ser un ciudadano simple, alguien que no cometió delitos. Es escaso el despacho venido de Diputados como así también el de mayoría. Igual lo vamos a acompañar en general, ya que son leyes para que seamos mejores», aseveró.
Asimismo afirmó en cuanto a la sentencia firme que “es preocupante las ganas que tienen algunos dirigentes de meterse en la justicia para obtener réditos políticos y electorales”. Por ello es que explicó que en particular no acompañarán la propuesta.
«Mendoza va ser la primera provincia que va a incorporar la imposibilidad de ser candidatos a los que son condenados por los delitos ya mencionados, sino a todos los poderes del Estado. Abarca a los que pretenden ser candidatos en las elecciones, sino también a los funcionarios de los distintos poderes», expresó el senador Juan Carlos Jaliff.
Por último, el senador Daniel Galdeano manifestó que se abstendrá de votar la propuesta que viene de Diputados y a la que el Senado le incorporó algunos cambios.
Alcances de la propuesta
Los proyectos elaborados por Sanz y Orts ponen un freno para quienes estén condenados por delitos de corrupción, contra la libertad y la integridad sexual, entre otros, para que puedan ser candidatos a cargos electivos u ocupar funciones públicas. De esta manera, Mendoza se encamina a ser la primera provincia del país, en contar con una Ley de esta naturaleza.
Se incorporan nuevos delitos que impedirían la postulación a un cargo electivo y se agrega el artículo 17 bis a la Ley 2551 – Ley Electoral de la provincia – , estableciendo que los partidos políticos no podrán registrar candidatos a cargos públicos electivos para las elecciones provinciales y municipales en violación a lo establecido por la normativa en estudio.
En tanto, el proyecto elaborado por el representante del PRO Gustavo Cairo establece que los funcionarios de los Poderes Ejecutivos provincial y municipales y los funcionarios de entes descentralizados y empresas del Estado, deberán presentar ante la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública, dentro de los 30 días de su designación, un certificado de antecedentes penales donde conste que no hayan sido condenados por delitos contra la administración pública.
La norma además contempla la incorporación de delitos contra la administración pública, contra el orden económico y financiero, contra las personas, contra la integridad sexual, contra el estado civil de las personas y contra la libertad.
Los partidos políticos o alianzas electorales, a fin de acreditar el cumplimiento de tales disposiciones, deberán exigir a todos los precandidatos y candidatos titulares y suplentes que integren sus listas, para cualquier cargo electivo provincial y municipal, el Certificado de Antecedentes Penales (CAP) emitido por el Registro Nacional de Reincidencia, “siendo responsables directos de su presentación” ante los órganos con competencia electoral. Este certificado se deberá acompañar junto con la presentación de listas, tanto en las elecciones primarias como en las generales.
En caso de haberse advertido su falta de presentación, el organismo con competencia electoral intimará, por única vez, al partido político o alianza electoral al cumplimiento de dicho requisito o al reemplazo del precandidato o candidato, en un plazo de 24 horas. En caso de no adjuntarse el Certificado de Antecedentes Penales correspondiente o, en su defecto, en caso de no producirse el reemplazo del precandidato o candidato en el término previsto, la lista de dicho partido político o alianza electoral será considerada como lista incompleta y no podrá participar de las elecciones provinciales o municipales.
Por otra parte, si se advirtiese, con posterioridad a las elecciones provinciales y municipales, que alguno de los candidatos electos registrara antecedentes por los delitos mencionados, la situación será inmediatamente comunicada a la Cámara Legislativa o Concejo Deliberante que corresponda a los fines de iniciar el proceso constitucional pertinente a que hubiere lugar.
Se sumaron nuevos delitos para filtrar candidatos
Uno de los principales cambios que se acordaron en el Senado al proyecto original, es la incorporación del delito de homicidio simple como condicionante a la hora de aspirar a un cargo electivo.
También fueron incorporados todos los delitos graves condenables como delito contra la propiedad: robo cuando es seguido de muerte; conducción imprudente que cause víctimas fatales; delitos contra la libertad; extorsión; coacciones agravadas; estafas agravadas cuando tiene perjuicio para el Estado; y delitos contra el orden público y contra los poderes constitucionales. Asimismo se incorporaron los delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional del Título X del Libro Segundo del Código Penal.