La Fiscalía Nº7 de la Unidad Fiscal de Delitos Económicos del Ministerio Público Fiscal de Mendoza decidió imputar por el delito de estafa a Eduardo Sancho, Rubén Panella, Juan Rodríguez y Jorge David Irañeta, miembros de la actual y previa comisión directiva de la Federación de Cooperativas Vitivinícolas (Fecovita).
De acuerdo con el artículo 172 del Código Penal, se describe al delito de estafa como “el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño”, y tiene una pena de hasta seis años de prisión para los responsables.
Precisamente, el escrito elaborado por la Fiscalía Nº 7 de la Unidad Fiscal de Delitos Económicos, argumenta que “queda suficientemente aclarado que la posición FECOVITA es claramente deudora, aun aplicando las cláusulas sujetas a condición, las multas y los derechos de retención producto de los contratos de consignación. Ese punto clarifica el perjuicio causado, prima facie, como otro de los elementos del tipo objetivo, más allá del ardid, del incumplimiento, y de la disposición patrimonial perjudicial del co-contratante”.
Cabe recordar que ya pesa una imputación previa contra estos integrantes por el delito de falsear los balances de Fecovita de los años 2021, 2022 y 2023.
“Estamos muy satisfechos con el accionar de la Justicia mendocina que no hace más que confirmar lo que venimos sosteniendo. Esta imputación, a su vez, deja en evidencia a quienes vienen mintiendo sistemáticamente para engañar no sólo a sus asociados de las cooperativas sino a la opinión pública. Por nuestra parte, simplemente continuaremos confiando en el sistema judicial mientras seguimos invirtiendo en Argentina, que es lo que de verdad nos interesa”, afirma Carlos Aguinaga, abogado de Iberte.
Detalles de la imputación
En el expediente No P–17.924/23 “Fs. En Av. Estafa”, la Fiscalía de Delitos Económicos e Informáticos revela cómo FECOVITA, bajo la fachada de una colaboración empresarial en la sociedad EVISA, habría engañado a IBERTE para que invirtiera $3.139 millones en capital, mientras ellos tramaban una serie de maniobras para apropiarse de los recursos sin aportar los activos prometidos, incluyendo la Bodega Resero y terrenos en San Juan.
De acuerdo con los argumentos del fiscal para resolver la imputación, los directivos de FECOVITA redirigieron estos fondos a sus propias cuentas bajo el concepto de “anticipos de productos” que jamás se entregaron, dando así la espalda a sus obligaciones contractuales.
Para la Fiscalía, estos actos no son meros incumplimientos sino que se trata de una estafa prevista en el artículo 172 del Código Penal, basada en un plan engañoso desarrollado y llevado a cabo por los directivos de FECOVITA El fiscal destaca cómo, mientras IBERTE cumplía fielmente sus compromisos, los líderes de FECOVITA utilizaban la creación de EVISA como pantalla de legitimidad, solo para desviar millones de capital a su favor y, finalmente, retirarse de la sociedad en cuanto obtuvieron las habilitaciones necesarias, dejando a EVISA descapitalizada y al borde de la ruina.
El avoque destaca cómo los directivos de FECOVITA engañaron también a los cooperativistas para conseguir su respaldo y así facilitar la apropiación del capital de IBERTE. Con el pretexto de una sociedad conjunta con IBERTE, los directivos presentaron el acuerdo como una “oportunidad de capitalización a tasa 0%”, apelando a la confianza de los asociados, quienes desconocían las verdaderas intenciones de sus líderes.
La Fiscalía subraya que, desde el inicio, los directivos utilizaron la fachada de EVISA y la aprobación de los cooperativistas como una cortina de humo para desviar fondos de IBERTE a las cuentas de FECOVITA, sin intención de cumplir con los aportes de activos prometidos. Para el fiscal, este acto fue un abuso flagrante de confianza, un plan de aprovechamiento que convirtió a los cooperativistas en cómplices involuntarios de un esquema destinado únicamente a favorecer a los líderes de FECOVITA.
Además, la Unidad Fiscal de Delitos Económicos de Mendoza discrepa con la postura inicial del Fiscal de Instrucción quien había propuesto imputar a los directivos de FECOVITA bajo la figura de Vaciamiento de Empresa, según el artículo 174, inciso 6° del Código Penal. La Unidad Fiscal argumenta que esta figura no es aplicable porque EVISA nunca llegó a operar como una unidad empresarial real. En su lugar, reencuadra el caso bajo el delito de estafa previsto en el artículo 172 del Código Penal, al considerar que las acciones de FECOVITA constituyen un ardid premeditado para defraudar a IBERTE.
A través de un análisis exhaustivo de las pruebas, incluyendo el informe pericial contable (fs. 1.643/1.662), testimonios y documentación interna, se demuestra que FECOVITA retrasó deliberadamente las habilitaciones ante el INV y la AFIP, incumplió con la transferencia de los bienes inmuebles y maquinarias comprometidos, y se retiró estratégicamente de EVISA una vez que recibió los aportes de capital de IBERTE. La Unidad Fiscal concluye que estos hechos configuran el delito de estafa y recomienda profundizar la investigación para esclarecer completamente las responsabilidades involucradas, reforzando así la necesidad de justicia y transparencia en el sector vitivinícola argentino.