Diputados: media sanción para el proyecto hidroeléctrico El Baqueano
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Diputados: media sanción para el proyecto hidroeléctrico El Baqueano

La iniciativa contó con el respaldo de prácticamente todas las fuerzas políticas, a excepción de cuatro legisladores: José Luis Ramón (Protectora), Laura Chazarreta (Frente de Todos), Emanuel Fugazzotto (Partido Verde) y Mercedes Llano (Partido Demócrata).
Redacción
10/08/2023 08:14

La Cámara de Diputados, por mayoría de votos, dio media sanción al proyecto de Ley del Poder Ejecutivo por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación una serie de inmuebles para el emplazamiento de las obras, yacimientos de material, caminos de acceso,  servicios y líneas de energía que corresponderán al embalse y central hidroeléctrica del complejo multipropósito El Baqueano.

La votación no fue nominal, aunque José Luis Ramón (Protectora), Mercedes Llano (Partido Demócrata) y Emanuel Fugazzotto (Partido Verde) anticiparon su negativa.

De acuerdo a lo señalado en la fundamentación, El Baqueano, que se encuentra aguas abajo del Aprovechamiento Hidroeléctrico Agua del Toro y aguas arriba de Los Reyunos y El Tigre, permitirá adicionar al sistema de embalses del Río Diamante un incremento de capacidad de unos 40 hm3, es decir un 15% aproximadamente.

Además, afirma el texto que su construcción “no afectará el volumen anual del derrame del Río Diamante, ni su hidrología fuera del área de influencia,  en tanto no consume agua y no se modifica el curso actual del río, por estar limitado su impacto entre las presas (existentes) que lo circunscriben, sin modificar externamente parámetros hidrológicos del Río”.

En tal sentido, a efectos de otorgar la titularidad de las concesiones, autorizaciones y permisos previstos, dispone que se podrá constituir una sociedad anónima unipersonal de propósito específico que tendrá por objeto licitar construir, operar y mantener el proyecto hidroeléctrico y cuyo único accionista deberá ser la Empresa Mendocina de Energía SAPEM.

Con el fin de fomentar la participación del sector privado, los pliegos licitatorios preverán que los oferentes puedan aportar financiamiento para la ejecución del proyecto, que podrá recuperar con los ingresos generados por la venta de energía eléctrica, en cuyo caso podrán cederse acciones de la sociedad de propósito específico cuya constitución se autoriza, mediante procesos de licitación.

Por otra parte, se autoriza al Ejecutivo a concesionar a la sociedad que se constituya, la ejecución de la obra pública necesaria y una vez cumplido el plazo de la concesión, tanto la obra pública como las complementarias, revertirán a la provincia sin cargo alguno.

También se lo autoriza a otorgar a la sociedad, la concesión para la generación de energía eléctrica a partir del uso del recurso hídrico del río Diamante por hasta 150 Megavatios de potencia instalada.

En la iniciativa, se contempla eximir a la sociedad del pago de la porción de las regalías hidroeléctricas no coparticipables, por 15 años, a partir de la habilitación comercial de la Central de Generación. De igual forma se autoriza al Departamento General de Irrigación a hacer lo propio respecto al pago del canon de riego; al EPRE, en cuanto a la tasa de inspección y control, como así también del pago del impuesto a los Sellos a todos los contratos que celebre la sociedad para la construcción y explotación de El Baqueano, y de Ingresos Brutos para el caso que la energía eléctrica generada sea inyectada al Sistema Argentino de Interconexión y sea comercializada en el Sistema Eléctrico Mayorista.

En otro orden, se instruye al Poder Ejecutivo como fiduciante del “Fideicomiso de Administración y Pago para la ejecución de la obra de Aprovechamiento Hídrico Multipropósito Portezuelo del Viento y otras obras hídricas” o que en el futuro lo reemplace, a fin de realizar las gestiones para que se elabore una reglamentación de contrataciones conforme los principios que mejor se adaptan a la ejecución de las obras y la naturaleza del ente licitante, en cumplimiento de los principios de libre concurrencia, amplia publicidad, transparencia e igualdad de trato entre oferentes.

En otro orden, se autoriza al Ejecutivo o a la sociedad que se constituya, a contratar directamente a IMPSA S.A. para la provisión del componente electromecánico necesario para la construcción del proyecto.

Por otro lado, se establece la creación de una comisión bicameral de seguimiento del avance en lo relativo a la ejecución de la presente Ley, la que deberá tener acceso a todo tipo de información.

El texto de elevación del proyecto a la Legislatura, sostiene que El Baqueano, “constituye una obra primordial para el desarrollo y autoabastecimiento energético de la Provincia de Mendoza que generará los siguientes beneficios puntuales: (1) otorgará mayor confiabilidad y disponibilidad de energía en la distribución regional al incorporar 116 MW de potencia instalada; (2) conferirá mayor capacidad de regulación del río Diamante para uso agropecuario y otros usos productivos, en tanto implicará mayor almacenamiento de agua en aproximadamente un 15%; (3) fomentará el desarrollo turístico del tramo medio del Río Diamante entre la presa Agua del Toro y el embalse Los Reyunos, colaborando a la generación de empleo genuino y desarrollo de industrias prestadoras de servicios al proyecto; (4) incrementará la matriz energética mendocina en base a fuentes renovables, colaborando a la diversificación de su matriz energética”.