Ya se encuentra disponible el padrón electoral definitivo para consultar dónde votar en las elecciones legislativas que se celebrarán el próximo 14 de noviembre donde se elegirán diputados y senadores nacionales y provinciales. Además, se renovarán bancas en los concejos deliberantes de los departamentos.
La Cámara Nacional Electoral (CNE) informó que está disponible para consultas el padrón definitivo. Allí, los ciudadanos podrán consultar los lugares de votación de las próximas elecciones legislativas.
Consultá el padrón Definitivo
¿Qué se debe hacer si no figura en el Padrón Electoral?
Quienes no figuren en el Padrón Electoral no podrán emitir su voto. Sucede que la Cámara Nacional Electoral dispuso un plazo para realizar este tipo de reclamos, y ese período ya venció. Por lo que quienes no pudieron votar en las PASO, tampoco podrán hacerlo en las generales de noviembre.
Según el artículo 33 del Código Nacional Electoral, los votantes “estarán facultados para pedir, hasta veinte (20) días antes del acto comicial, que se subsanen los errores y omisiones existentes en el padrón”. Pero ese plazo venció antes de las elecciones del 12 de septiembre pasado.
¿Cómo justificar la no emisión del voto?
En tanto, la Cámara recordó que aquellos ciudadanos que no votaron en las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del 12 de setiembre, igualmente pueden votar en las generales del 14 de noviembre.
Además, comunicaron que aún pueden justificar su falta aquellos que no votaron en las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias. Deberán ingresar en http://infractores.padron.gov.ar.
Las razones justificadas para no votar son:
Estar a más de 500 kilómetros de distancia del punto donde se debe votar.
Enfermedad u otro motivo de salud.
Razones de fuerza mayor, como inundaciones.
Denuncia de fallecimiento.
Funciones electorales (Acord. 37/13).
Al momento de justificar, se debe presentar un documento o certificado que acredite alguna de las razones por las que no se emitió el voto. Este trámite puede realizarse desde el día posterior a las elecciones y hasta 60 días posteriores.
Otras maneras de justificar es presentando: pasaje, pasaporte sellado, certificado médico, etc. El certificado se puede cargar en el sitio del Registro de Infractores:
Ingresar el número de DNI de la persona que necesita justificar su no emisión del voto.
Al desplegarse el listado de elecciones, aparecerá una cruz roja, y allí aparecerá la opción para ingresar el motivo de la no emisión del voto y adjuntar el certificado.
Luego solo resta esperar que la Cámara Nacional Electoral procese el trámite y la cruz roja cambie a un tilde azul.