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Es oficial: la última decisión del Gobierno sobre el servicio de grúas de las aseguradoras

Tras el descontento y los recursos de amparo presentados ante la justicia, el Gobierno tomó una decisión sobre la medida que prohibía a las aseguradoras incluir el servicio de grúas

Redacción
11/06/2024 07:44
A partir del 1 de julio cambian las reglamentaciones para el servicio de grúas que prestan las compañías aseguradoras a sus clientes
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El Gobierno anunció oficialmente este martes la derogación de la medida que prohibía a las aseguradoras brindar el servicio de grúas a sus asociados, la cual estaba prevista para entrar en vigencia el próximo mes.

A través de la Resolución Sintetizada 269/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación dejó sin efecto la medida que debía entrar en vigencia el 24 de julio próximo.

El Gobierno tomó una decisión sobre la medida que prohibía a las aseguradoras incluir el servicio de grúas

“Reincorpórense los textos de las cláusulas “CG-CO 4.1. Gastos de Traslado y Estadía Cláusula de emisión obligatoria” y “CA-CO 15.1. Servicio de Remolques” en el inciso a.1) del Anexo del punto 23.6. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), conforme su anterior redacción”, reza el texto oficial.

La medida, informada en la resolución SSN 217/2024, generó controversia al momento de ser anunciada. Según la letra chica, debía entrar en vigor el 1° de julio, eliminaba la obligación de las aseguradoras de incluir servicios de grúa y asistencia mecánica en sus pólizas de autos.

A finales de abril la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), a cargo de Guillermo Plate, había anunciado que las empresas de seguros de autos debían excluir los servicios de grúas o remolques y asistencia mecánica en todo el país.

La medida debía entrar en vigor el 1° de julio y eliminaba la obligación de las aseguradoras de incluir servicios de grúa y asistencia mecánica en sus pólizas de autos.

De hecho, algunas compañías de seguros ya habían empezado a enviar a sus clientes cartas con la notificación de este cambio en el servicio prestado. Sin embargo, el mismo organismo estatal confirmó este viernes la firma de la resolución 269/2024, que revierte la medida.

La modificación, de haber seguido adelante, implicaba además que las aseguradoras ya no estuvieran obligadas a cubrir los “desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas o falta de combustible”.

Solo tendrían la obligación de cubrir los costos de grúa y auxilio mecánico en los casos de “accidente, incendio y robo y/o hurto”.

A raíz de esta medida impuesta por la SSN, la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (ACUDA) había tomado una decisión el 28 de mayo: una acción colectiva en defensa de los derechos de los consumidores.

Buscaban obtener la nulidad del artículo 2° de la Resolución, que imponía “modificaciones que afectan directamente las condiciones del servicio de remolques, privando a los consumidores de un beneficio que previamente estaba incluido en sus pólizas de seguro”.

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