La medida corresponde, según dispuso el Gobierno, a la situación económica actual, que hace que muchos permisionarios de estos servicios no cuenten con los recursos económicos para realizar el pertinente cambio de unidad, por haberse visto disminuida drásticamente su actividad
La Cámara de Senadores dio aprobación al proyecto de ratificación del Decreto 1545, mediante el cual se autoriza a aquellos permisionarios de los servicios de transporte de pasajeros contemplados en la Ley de Movilidad de la provincia, con excepción de los prestadores del servicio regular urbano y de media y larga distancia mediante ómnibus, a mantener los vehículos en servicio, por el término de doce meses.
Se trata de aquellos que hayan alcanzado o alcancen la antigüedad máxima permitida durante el año 2020, y la medida correrá a partir de la fecha en que el vehículo alcanzó el máximo de su antigüedad. La iniciativa es del Poder Ejecutivo.
Durante su tratamiento en el recinto, la propuesta fue avalada por 35 votos afirmativos, mientras que el senador Lautaro Jimenez se abstuvo de votar. Fue remitida al Gobierno Provincial para que sea promulgada.
El Decreto, de fecha 27 de noviembre, establece además que en todos los casos previstos los vehículos deberán realizar las correspondientes revisiones técnicas y que los permisionarios de los servicios contratado general y transporte escolar, en aquellos casos en que los vencimientos de las antigüedades operen desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022, podrán afectar en renovación, vehículos de hasta 15 años de antigüedad.
En los considerandos, el Ejecutivo provincial señala que la situación económica actual hace que muchos permisionarios de estos servicios “no cuenten con los recursos económicos para realizar el pertinente cambio de unidad, por haberse visto disminuida drásticamente su actividad, en algunos casos totalmente suspendida, como consecuencia de la situación sanitaria originada por la pandemia de Covid-19”.
“Ante este escenario resulta razonable realizar acciones tendientes a aliviar la situación de los permisionarios de los servicios de transporte que por la situación descripta pueden verse imposibilitados de renovar las unidades para hacer efectiva la prestación del servicio, para lo cual, se entiende necesario” realizar esta autorización “en forma excepcional”.