Son 8 los departamentos mendocinos que se incluyeron por el gobierno nacional para seguir en etapa de ASPO. La cuarentena seguirá por lo menos hasta el 8 de noviembre próximo con el propósito de mitigar la propagación del coronavirus en el marco de la pandemia
El Gobierno nacional oficializó, con su publicación en el Boletín Oficial, el alcance de las nuevas medidas de distanciamiento y aislamiento social, preventivo y obligatorio, que regirán desde hoy y hasta el 8 de noviembre próximo con el propósito de mitigar la propagación del coronavirus en el marco de la pandemia.
En relación al distanciamiento social, preventivo y obligatorio se precisa que regirá para las provincias de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones y Jujuy.
La misma medida regirá, aunque con excepciones de algunos departamentos o aglomerados urbanos, para las provincias de Chaco, Chubut, Córdoba, La Rioja, Mendoza, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán.
En tanto, que en Mendoza el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) alcanzará a los departamentos de Capital, Luján de Cuyo, Las Heras, Maipú, Guaymallén, Godoy Cruz, Tunuyán y Tupungato.
El Decreto 814/2020 publicado en el Boletín Oficial también detalla el listado de las actividades esenciales autorizadas para la circulación y habilita a los gobernadores de cada distrito a disponer excepciones “siempre que ello resulte procedente en atención a la situación epidemiológica y sanitaria”.
Durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio están prohibidos eventos públicos y privados, sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas.
Tampoco se permite la actividad de centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.
Sigue estando, en tanto, limitado el servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos de excepciones y trabajadores esenciales.
En relación a la vuelta a clases, se indica que “podrán reanudarse las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales de acuerdo a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico”.
En cuanto a las reuniones sociales al aire libre, tendrán que ser de hasta diez personas y manteniendo una distancia mínima de dos metros.
Telam.