La ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, Ayelén Mazzina; su par de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Kelly Olmos; y el secretario de Industria y Desarrollo Productivo, José Ignacio de Mendiguren; encabezaron la primera reunión del año de la Mesa Interministerial de Políticas de Cuidado, en el marco de la entrada en vigencia de la reglamentación del Artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Durante el encuentro, que se llevó adelante en el Archivo General de la Nación, ubicado en el barrio porteño de Parque Patricios, representantes de UNICEF y ELA, compartieron experiencias positivas de implementación de espacios de cuidado en empresas.
“La reglamentación del Artículo 179 viene a saldar una deuda de más de 48 años con las trabajadoras y los trabajadores”, sostuvo Mazzina. En esa línea, destacó la articulación entre el Estado, las empresas y los gremios para garantizar su implementación. “El beneficio es para toda la sociedad y, fundamentalmente, para las infancias”, planteó.
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Por su parte, Olmos indicó: “Es importante que todas asumamos lo que significa nuestra continuidad histórica en las tareas de militancia y, también, lo que ha costado que algo que parece de tanto sentido común, que haya un ámbito de cuidado adecuado para que las mamás y los papás que trabajan puedan hacerlo con la confianza de que dejan sus hijos en un lugar que sea digno, que los estimule”.
Asimismo, agregó: “Las luchas que dimos las mujeres nunca fueron para satisfacer ambiciones personales. La presencia masiva de las mujeres en los lugares de decisión nos han permitido estos cambios políticos y culturales. Hacer que la violencia familiar, la violencia de género no fuera una cuestión privada sino un tema de orden social. Reconocer que los cuidados son un derecho que requiere un reconocimiento también del orden general, al igual que reconocer más fuertemente los derechos que tienen las infancias de desarrollarse en un lugar adecuado. Esas son consignas que probablemente sin las mujeres en los ámbitos de decisión no se hubieran alcanzado”.
"Esta es una política integral que el gobierno viene desarrollando, porque de lo que se trata es que las medidas que se tomen no sean aisladas, por eso es clave que las abordemos desde todos los espacios que tienen una influencia directa en las políticas de cuidados. En lo que nos corresponde, desde la Secretaría de Industria, trabajamos en conjunto con las empresas alcanzadas por esta normativa y las vamos a apoyar con programas y líneas de crédito para implementar estos espacios de cuidado que deben incorporar. Este es el rumbo que marcamos, celebramos el acuerdo de la UIA y la CGT para llevar adelante esta política, que vamos a orientar e impulsar a través de las reglamentaciones y el financiamiento necesarios”, destacó Mendiguren.
Un nuevo paso hacia una organización más justa de los cuidados
La apertura estuvo a cargo de la directora de Gestión de Fondos Documentales del Archivo General de la Nación (AGN), Lucía Quieto; y la subsecretaria de Políticas de Igualdad del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD), Lucía Cirmi Obón, quienes puntualizaron sobre el alcance del Artículo 179 de la LCT. A partir del 23 de marzo, los establecimientos con más de 100 personas empleadas (sin distinción de género) deberán ofrecer espacios de cuidado para niñas y niños de 45 días a 3 años de edad inclusive, a cargo de las personas empleadas durante sus jornadas de trabajo. Para el cómputo, se tendrán en cuenta todas las personas que dependen de cada empresa, como así también quienes prestan servicios en el establecimiento principal.
La legislación propone como alternativa principal de implementación ofrecer espacios de cuidado dentro de las instalaciones de trabajo durante toda la jornada laboral. Además, plantea la posibilidad de asociarse con otras empresas que se encuentren en un rango de cercanía, como así también la de subcontratar espacios de cuidado. Otra variante posible es que, mediante una negociación colectiva, se acuerde que la parte empleadora pague una suma no remunerativa en concepto de gastos de cuidado.