Se promulgó las modificaciones sobre la Ley de Tránsito y se oficializó una reducción de la multa por no usar luces bajas, aunque sigue siendo obligatorio.
Desde este lunes, la circulación vehicular con luces bajas no podrá ser sancionado como falta grave.
La modificación, publicada hoy en el Boletín Oficial, atiende a la modificación que se llevo a delante en la Ley de Transito dispuesta en la Legislatura Provincial.
De esta manera, la multa por no circular con luces bajas será considerada leve y tendrá un valor de $2.200, sin descuento.
Además, la nueva disposición introduce más cambios en la ley incorporando el nuevo sistema lumínico que traen algunos vehículos de fábrica, como son las luces de circulación diurnas, conocidas también por la sigla en inglés DRL (daytime running light).
El texto aprobado sustituye el inciso a del artículo 51 de la Ley Provincial 9024, estableciendo que el uso de luces bajas es obligatorio “de forma permanente, excepto cuando corresponda luz alta y en los cruces ferroviarios; o luces de conducción diurna (DRL), excepto cuando por situación de luz natural disminuida corresponda luces bajas”.
Vale recordar que si bien se redujo el valor de la multa por no usar luces bajas, la utilización de estas sigue siendo obligatoria en todo el territorio provincial desde que se comienza a circular en el automóvil.