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Diputados rechaza fallo de la Corte que autoriza misas en escuelas publicas de Mendoza

15/12/2020 05:55
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La Cámara de Diputados de la provincia avaló una propuesta del legislador del Partido Intransigente, Eduardo Martínez Guerra para rechazar el fallo de la Suprema Cortede Justicia que habilita la enseñanza y práctica de actos religiosos en las escuelas

El 25 de noviembre pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza resolvió con la firma de dos sus miembros, Julio Gómez y Teresa Day, favorablemente, una petición interpuesta por el Arzobispado de San Rafael para que se declare nula una resolución de la Dirección General de Escuelas de 2018, por la cual se prohibía la celebración de misas, conmemoraciones, festejos, alabanzas, etcétera en establecimientos educativos de enseñanza pública.

Para Ricardo Ermili, titular de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) de San Rafael y de la Secretaría de Estado Laico de la Asamblea a nivel nacional, “todo comenzó tras la denuncia por discriminación que hiciera la APDH en julio de 2018 por la celebración de misas en la escuela albergue Pedro Scalabrin. En cada periodo de albergada, y dentro del horario de clases, se realizaba una misa a cargo de un sacerdote de la Iglesia Católica de aproximadamente dos horas”. Ante esta denuncia, la Dirección General de Escuelas emitió dos resoluciones que establecieron la «prohibición» de utilizar esos establecimientos para celebraciones, misas o fiestas de cualquier confesión religiosa.La sentencia firmada por los magistrados Gómez y Day, concluye en que la resolución de la DGE “se encuentra viciada en su objeto, toda vez que transgrede normas constitucionales”.

Según la APDH el fallo muestra “un avance de la Iglesia Católica sobre las decisiones de Estado, en una provincia donde la educación laica está estipulada por la Constitución”.

Según dio a conocer Diario UNO, el diputado Martínez Guerra expresó: “Nos queda claro que este fallo solo es útil para imponer a quienes no profesan la religión católica la celebración de actos escolares vinculados a esa doctrina, sin considerar que el verdadero camino para el desarrollo de la convivencia ciudadana podrá realizarse mediante una auténtica educación laica que difunda y defienda el derecho de creencia o de no creencia sobre algún aspecto en particular. El principio rector del laicismo educativo en la Constitución de Mendoza es un principio ético que permite garantizar el respeto a los derechos humanos, entre ellos, reiteramos, el de la libertad de creer o no creer”.

Finalmente comentó: “La pluralidad, la tolerancia y la legalidad son hoy las premisas que marcan el comportamiento de una sociedad como la nuestra. En la pluralidad construimos consensos y definimos disensos. En la tolerancia conviven minorías y mayorías con diversas manifestaciones de pensamiento. En la legalidad le damos cauce a los acuerdos sociales y perfeccionamos nuestro régimen de derecho.

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